LA MESA SECTORIAL DE ARTE CONTEMPORÁNEO DE CANARIAS
Un Compromiso con la Cultura, la Igualdad y la Transparencia
Islas Canarias a 12 de diciembre de 2024
La Mesa Sectorial de Arte Contemporáneo de Canarias nace consciente de la responsabilidad y con la ambición necesaria para fortalecer y promover el arte contemporáneo en la comunidad de Canarias, destacando su importancia como elemento esencial para el desarrollo cultural, social y económico. Este órgano, que en su conjunto aglutina y reúne a artistas, críticos/as, comisarios/as, mediadores/as, investigadores/as, gestores/as, galeristas y coleccionistas, busca implementar una serie de objetivos estratégicos destinados a mejorar el panorama artístico en las Islas.
SUS OBJETIVOS PRINCIPALES SON
1. Buenas Prácticas:
Promover la aplicación de un Manual de Buenas Prácticas en museos y centros de arte, garantizando el respeto a la propiedad intelectual y la libertad de expresión en el ámbito cultural.
2. Igualdad de Género:
Promover la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres dentro de nuestro sector,
velando por el cumplimiento del artículo 26 de la Ley de Igualdad.
3. Violencia de Género: Luchar
contra los abusos y violencias machistas en el contexto laboral del sector de las artes.
4.
Transparencia y Participación: Establecer medidas que faciliten
el acceso público
a datos presupuestarios culturales y garantizar un compromiso serio con
la transparencia en las instituciones culturales.
5. Financiación y Recursos:
Recuperar y garantizar un presupuesto mínimo del 2% para cultura de los presupuestos generales del Gobierno de
Canarias, fomentar la inversión privada a través de una nueva Ley de Mecenazgo
y apoyar la movilidad de los artistas
canarios.
6.
Educación Cultural: Incorporar el arte contemporáneo al sistema educativo
y promover la sensibilización cultural
desde temprana edad, asegurando el acceso a la creación
contemporánea.
7.
Promoción de la Producción Artística: Desarrollar acciones
para promover e impulsar la internacionalización de los y las artistas
residentes en Canarias,
exigiendo a las administraciones públicas
la
eliminación de las barreras aduaneras y fomentando la inclusión y creación de
redes regionales de museos y centros de arte.
8. Información
sobre Arte: Fomentar
la creación de programas en medios de comunicación sobre arte contemporáneo y apoyar la internacionalización de revistas de investigación artística.
La
Mesa Sectorial de Arte Contemporáneo de Canarias aspira a construir un
ecosistema cultural robusto, donde
la ética, la responsabilidad y la diversidad sean pilares fundamentales. Con un
enfoque inclusivo y participativo, la mesa trabajará
en colaboración con instituciones públicas,
privadas y aquellos
movimientos sociales que contribuyan a fortalecer el sector con el
objetivo de transformar la realidad artística en las Islas.
Colectivos Firmantes:
● ArteMisia Mujeres + Arte
● MAV (Mujeres en las Artes
Visuales)
● AICAV (Asociación Islas Canarias de Artistas Visuales)
● Marca Púrpura, Mujeres Arquitectas Canarias
● IAC (Instituto de Arte Contemporáneo para Canarias)
Para más información:
Pedro Déniz - 626634275
Alberto González
Pulido - 608302960
msac.canarias@gmail.com
* Consultar también el PDF adjunto donde se reflejan más detallado los objetivos.
MESA SECTORIAL
DEL ARTE CONTEMPORÁNEO DE CANARIAS
PREÁMBULO
1.
EL ARTE CONTEMPORÁNEO
1.1.
La creación cultural y artística es un bien
público y un factor de primer orden en el desarrollo de la ciudadanía y de las
sociedades. El derecho a su acceso aparece recogido en nuestra Constitución. Su
papel resulta esencial en la protección de la diversidad, la igualdad entre
mujeres y hombres, la cohesión social y el equilibrio territorial
1.2.
La cultura y el arte son sectores que
posibilitan el desarrollo económico y social de los países y, por tanto, deben tener un
papel más relevante en nuestro sistema educativo. Invertir recursos en la
producción cultural y artística es apostar por el bien común, los valores
cívicos, la innovación y el progreso. El arte contemporáneo es un sector
estratégico en la economía del conocimiento que contribuye con su
actividad creativa al desarrollo de industrias
que generan gran rentabilidad económica y social como
las nuevas tecnologías, el diseño, el turismo o el ocio.
Además, el arte contemporáneo tiene
un potencial económico propio e incide positivamente
sobre la actividad de otros sectores que participan en la producción artística.
1.3.
El patrimonio artístico de una sociedad lo conforma la producción artística
del presente, pero también del
pasado. La protección y ampliación de nuestro
patrimonio artístico genera las condiciones adecuadas para su
desarrollo en el presente.
Por
primera vez, en nuestro país, todos los colectivos y agentes implicados en el desarrollo del arte contemporáneo cuentan con asociaciones de ámbito estatal,
tanto sectoriales como intersectoriales, que representan a
las y los artistas, coleccionistas, comisarios/as, críticos/as, directores/as
de museos, docentes, galeristas, gestores/as e investigadores/as.
2. LA MESA SECTORIAL DEL ARTE CONTEMPORÁNEO
2.1.
La Mesa sectorial del arte contemporáneo se
constituye como una plataforma abierta, inclusiva y participativa, que aglutina
y representa a todos estos colectivos del sector. La mesa sectorial actúa de
manera propositiva; sus propuestas y decisiones son vinculantes para las
asociaciones profesionales que la integran y parten de los acuerdos previos
sobre temas específicos refrendados por los distintos colectivos
implicados.
2.2.
Los objetivos de esta Mesa sectorial se
orientan a la coordinación, elaboración, propuesta y defensa activa de medidas
concretas dirigidas a impulsar el desarrollo
del arte contemporáneo en la
Comunidad Autónoma de Canarias. La consecución de estos objetivos pasa por mejorar todos aquellos aspectos de índole
laboral, institucional, legislativo, fiscal y económico que afectan al sector
de las artes visuales.
2.3.
Para esta Mesa, la optimización de todos
estos aspectos supone un punto de partida para la homologación del arte
contemporáneo de la CCAA de Canarias con el resto del Estado español, y así
estar a la altura del ámbito europeo al que pertenecemos.
2.4.
La Mesa sectorial del arte contemporáneo se
constituye con una vocación de diálogo abierto con la ciudadanía y los movimientos
sociales que la articulan, los partidos políticos que la representan y las
diferentes administraciones públicas.
Para
ello, esta mesa sectorial ha seguido el modelo de otras mesas sectoriales como
la mesa de la Comunidad de Madrid.
REIVINDICACIONES DE LA MESA SECTORIAL DEL ARTE CONTEMPORÁNEO
I.
BUENAS PRÁCTICAS:
Objetivo 1.-
Aplicar
y ampliar a todos los ámbitos y agentes que conforman el sector del arte
contemporáneo el Documento de Buenas Prácticas en Museos y Centros de Arte, firmado el 31 de enero de 2007 por el Ministerio de Cultura y las asociaciones profesionales.
Acciones:
I.1. Creación
de una comisión para el desarrollo del Manual de Buenas Prácticas profesionales
en las artes visuales y para su ampliación a otros campos, incluyendo el ámbito
de las entidades privadas y los conceptos de ética y responsabilidad social.
Dada
la condición de ultraperiférica de Canarias, esta legislación adquiere una
importancia vital para la producción cultural
y la gestión de los trámites aduaneros. La lejanía geográfica y las particularidades
fiscales de las islas plantean desafíos específicos que afectan tanto
a los/as artistas como a las instituciones culturales. Es en este
contexto que proponemos la creación de una comisión para el desarrollo del
Manual de Buenas Prácticas profesionales en las artes visuales y su ampliación a otros campos,
incluyendo el ámbito de las entidades
privadas y los conceptos de ética y responsabilidad social.
La
Ley 30/1972 de Régimen Económico Fiscal de Canarias consolidó con rango legal
el régimen especial de las islas, estableciendo una serie de medidas económicas
y fiscales específicas para Canarias. Posteriormente, la Ley 20/1991
armonizó estos aspectos
fiscales con la Unión Europea, y le siguió la Ley 19/1994,
que recientemente ha sido modificada por la Ley 8/2018, de 5 de noviembre. Esta última regula las
medidas económicas, las especialidades en imposición directa y la Zona Especial
Canaria (ZEC).
Entre los puntos a incluir en este Estatuto, se sugiere:
1. Reconocimiento de la especificidad fiscal: Adaptar
las normativas fiscales para que los artistas canarios
puedan beneficiarse de las particularidades del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, facilitando la
importación y exportación de obras de arte y materiales necesarios para su
producción.
2. Apoyo a la movilidad y visibilidad
internacional: Establecer medidas que faciliten la
participación de los artistas canarios en ferias, exposiciones y residencias
artísticas fuera de las islas, así como la atracción de eventos culturales
internacionales a Canarias.
3. Simplificación de los trámites aduaneros: Crear
procedimientos específicos y simplificados para la gestión de trámites
aduaneros relacionados con la entrada y salida de obras de arte, reduciendo así
las barreras administrativas que actualmente enfrentan los/as artistas y las galerías.
4. Fomento del tejido cultural local:
Implementar incentivos fiscales y subvenciones
para proyectos culturales que se desarrollen en Canarias,
promoviendo
la creación y el fortalecimiento de un ecosistema cultural dinámico y
sostenible.
5. Inclusión de principios de ética y
responsabilidad social: Establecer directrices que promuevan
prácticas responsables y éticas en el ámbito cultural, tanto para entidades
públicas como privadas, garantizando la equidad y el respeto hacia los artistas
y sus obras.
I.2.
Establecimiento de la plena personalidad jurídica de los museos y centros de arte.
I.3. Reconocimiento
profesional de los y las agentes que conforman el tejido laboral del sector del
arte contemporáneo (artistas, comisarios/as, críticos/as, mediadores/as, investiga-dores/as, gestores/as,
galeristas, coleccionistas…) incluyendo sus actividades específicas en el
Código Nacional Ocupacional de Actividad Económica.
I.4. Respeto a
la Propiedad Intelectual y los Derechos de Autor de todas las agentes del
sector de las Artes Visuales.
La
propiedad intelectual y los derechos de autor son pilares fundamentales para proteger
y fomentar la creatividad de los artistas visuales. Estos
derechos aseguran que los creadores mantengan el control sobre el
uso y distribución de sus obras, permitiéndoles recibir una compensación justa
por su trabajo. En el contexto de Canarias, es esencial que estos derechos se
adapten a las particularidades del Régimen Económico y Fiscal de las islas,
proporcionando una protección efectiva contra la reproducción no autorizada y
el uso indebido de sus obras.
El
respeto a los derechos de autor de los/as artistas visuales incluye la
exigencia de contratos escritos y remuneración adecuada por el trabajo
realizado. Es fundamental difundir e
implementar el Manual de Buenas Prácticas Profesionales en las Artes Visuales
de 2007 y promover el Estatuto del Artista. Este enfoque no solo protege
los derechos de los artistas, sino que también
garantiza la profesionalización del sector y la sostenibilidad de la producción artística.
Así,
esta protección de la propiedad intelectual debe estar alineada con la defensa
de los derechos de las trabajadoras del sector ante la impronta de la IA
generativa, que plantea riesgos significativos para la protección de los
derechos de los/as creadores/as, la autenticidad de las obras y la equidad en
la participación cultural. Abordar estos desafíos mediante un marco legal y
ético robusto es esencial para garantizar que la IA contribuya al
desarrollo
de un ecosistema cultural que valore y proteja la diversidad, la creatividad y
la justicia.
Además,
es crucial reconocer la plena autoría de los/as comisarios/as en sus proyectos
expositivos, así como el valor investigador y científico de su trabajo. Esto se
puede lograr mediante la adecuación a las normas académico-científicas de
publicaciones, entendiendo que sus tareas se enmarcan en los conceptos de
productividad e I+D+i. Este reconocimiento
no solo valoriza su contribución intelectual, sino que también fomenta un
entorno de respeto y profesionalidad en el ámbito de las artes visuales. Reconocimiento de la plena autoría del/la comisario/a en sus proyectos
expositivos, así como del valor investigador
y científico de su trabajo
mediante la adecuación a las normas académico-científicas de
publicaciones, entendiendo que sus tareas se enmarcan en los conceptos de
productividad y dignidad profesional.
I.5. Protección de la Libertad
de Expresión en la Cultura
La
libertad de expresión es un derecho fundamental y un componente esencial de la cultura.
Este derecho permite a los artistas y creadores expresar sus ideas, emociones y
perspectivas sin temor a censura o
represalias. En Canarias, la promoción y protección de la libertad de expresión en la cultura
son vitales para el desarrollo de una sociedad
pluralista y democrática.
La
Ley 1/2023 del Sistema Público de Cultura de Canarias reconoce la importancia
de la libertad de expresión como un bien cultural básico. Esta ley establece
que los recursos presupuestarios destinados a las actividades culturales no
serán inferiores al 2% del presupuesto general
de la Comunidad Autónoma de Canarias, garantizando un apoyo sólido para la
diversidad y el libre flujo de ideas en el ámbito cultural.
El
respeto por la libertad de expresión también incluye la garantía de contratos
escritos y una remuneración justa para los artistas,
así como la implementación del Manual de Buenas
Prácticas Profesionales en las Artes Visuales de 2007 y la promoción del
Estatuto del Artista. Estas medidas aseguran que los/as artistas puedan
trabajar en un entorno seguro
y justo, donde sus derechos y contribuciones sean plenamente reconocidos
y valorados.
Además,
es esencial reconocer la autoría de los/as comisarios/as en sus proyectos y el valor investigativo y científico
de su trabajo, adecuándose a las normas
académico-científicas de publicaciones. Esto fomenta un entorno donde todas las
expresiones
culturales pueden florecer, enriqueciendo el patrimonio cultural de Canarias y
fortaleciendo su identidad como una comunidad abierta y diversa.
I.6. Utilización
de herramientas contractuales adecuadas y unificadas que permitan el
establecimiento y la vigilancia de las buenas prácticas profesionales y el
cumplimiento de los derechos
económicos del/la artista y del resto de profesionales que intervienen en la
creación contemporánea.
Objetivo 2.-
Cumplir
de manera real la Ley Orgánica 3/2007,
de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (especialmente
el artículo 26 sobre la igualdad en el ámbito de la creación y producción
artística e intelectual), mediante la fijación de plazos, la
aplicación de índices de evaluación y el establecimiento de métodos de
supervisión y rectificación.
Acciones:
I.7. La
gestión del patrimonio y del archivo de creadores debe priorizar el estudio y
valoración de las obras de los/as artistas de edad avanzada, cuya obra, en
estos momentos, está en peligro de
“extinción”.
I.8. Cumplimiento
de la paridad en la participación de hombres y mujeres en la programación de
actividades tanto por las administraciones públicas como por las entidades que cuenten con financiación pública, equilibrando el número de exposiciones individuales y la participación de artistas mujeres en las exposiciones
colectivas, de igual forma que en el comisariado y en el resto de actividades de la producción y difusión del arte contemporáneo. Incentivación de estas
medidas en el ámbito privado por parte del sector público.
I.9. Cumplimiento
con la paridad igualmente en la formación de jurados, órganos consultivos,
equipos de trabajo y directivos.
Objetivo 3.-
Favorecer
la participación y fomentar el valor del arte y la cultura mediante una
aplicación estricta de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso
a la información pública y buen gobierno.
Acciones:
I.10.Establecimiento
de medidas concretas y cauces específicos para que las administraciones
públicas faciliten con agilidad los datos presupuestarios consignados para las artes visuales, especialmente aquellas partidas
dedicadas a desarrollar las acciones propuestas en este documento.
I.11. Los
museos y centros de arte deberán
comprometerse a actuar
de modo transparente, ofreciendo a la ciudadanía
la información necesaria sobre sus proyectos y procedimientos.
II. RECURSOS ECONÓMICOS Y FINANCIACIÓN:
Objetivo 4.-
Recuperar
durante la próxima legislatura los presupuestos
públicos para cultura y arte en
cifras equivalentes a los años previos a la crisis económica, garantizando que
los recursos presupuestarios destinados a las actividades y servicios
culturales, así como al desarrollo de la función cultural por parte del
Gobierno de Canarias, no sean inferiores al 2%
del presupuesto general de la Comunidad Autónoma de Canarias, en los términos establecidos
en la Ley 1/2023, de 1 de marzo, del Sistema
Público de Cultura
de Canarias. Además,
establecer unos mínimos económicos en cultura para cada año, asegurando un
equilibrio adecuado entre todas las áreas culturales, y aproximándonos lo más posible
a los recursos disponibles en
los países más avanzados de nuestro entorno.
Acciones:
II.1. Mantenimiento
y mejora progresiva de los recursos propios dedicados al funcionamiento y
programas de los museos y centros de arte contemporáneo, garantizados por las administraciones de ámbito estatal,
autonómico o local responsable de los mismos,
con independencia de la búsqueda conjunta de financiación complementaria para desarrollar sus funciones.
II.2.
Aplicación al fomento de la creatividad
artística contemporánea de un porcentaje mínimo inicial del veinte por ciento del total del Programa
1,5% Cultural procedente de las
obras
públicas financiadas por el Ministerio de Fomento y por las Entidades del
sector público dependientes o vinculadas.
II.3.
Creación de una comisión con representación
de las asociaciones profesionales del sector, junto con responsables de cultura
de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas, que
aborde los criterios, contenidos, gestión y evaluación de los proyectos de
arte contemporáneo incluidos en el Programa 1,5% Cultural.
II.4.
Garantizar un tratamiento de los y las
artistas y demás profesionales del sector en materia de seguridad social y
fiscalidad acorde con el reducido nivel de ingresos y el carácter irregular de
los mismos. Establecer una ayuda a la movilidad de artistas plásticos/visuales
que esté abierta durante todo el año y que cuente con una partida económica
establecida anualmente, reconociendo y ampliando la excepción aduanera
dispuesta en el art. 25 BIS de Ley 8/2018, de 5 de noviembre, por la que se modifica
la Ley 19/1994, de 6 de julio,
de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
Implementar
el Programa 2% Cultural en Canarias, asegurando que los recursos
presupuestarios destinados a las actividades y servicios culturales, así como
al desarrollo de la función cultural
por parte del Gobierno de Canarias, no sean inferiores al 2% del presupuesto
general de la Comunidad Autónoma de Canarias. Esta medida, conforme a lo
dispuesto en la Ley 1/2023, de 1 de marzo, del Sistema Público de Cultura de
Canarias, permitirá establecer unos mínimos económicos en cultura para cada
año, garantizando un equilibrio adecuado entre todas las áreas culturales y
aproximándonos a los recursos disponibles en los países más avanzados de
nuestro entorno.
Objetivo 5.-
Favorecer y apoyar la inversión del sector privado
en el arte contemporáneo.
Acciones:
II.5.
Elaboración de una Ley de Mecenazgo
específica para Canarias que contemple un nuevo modelo de colaboración público-privada
para la realización de proyectos y actividades
culturales, inspirado en los modelos de la Comunidad Foral de Navarra y del
proyecto de Andalucía. Esta ley deberá reconocer
el papel fundamental tanto de las galerías
como del coleccionismo en la promoción y difusión del arte contemporáneo.
Este
nuevo marco legal deberá alinearse con las modificaciones introducidas por la
Ley 8/2018, de 5 de noviembre, que modifica la Ley 19/1994, de 6 de julio,
sobre el Régimen Económico y Fiscal de Canarias, y con lo dispuesto en la Ley
1/2023, de 1 de marzo, del Sistema Público de Cultura de Canarias. En
particular, deberá garantizar que los recursos presupuestarios destinados a las
actividades y servicios culturales, así como al desarrollo de la función cultural por parte del
Gobierno de Canarias, no sean inferiores al 2% del presupuesto general de la
Comunidad Autónoma de Canarias. De esta manera, se establecerán unos mínimos
económicos en cultura para cada año, asegurando un equilibrio adecuado
entre todas las áreas culturales y fomentando un entorno propicio para el
mecenazgo y la colaboración público-privada.
II.6.
Inclusión en la Ley de Mecenazgo de acciones
concretas de patrocinio aplicables a cualquier entidad cultural o espacio
dedicados a la creación, formación y difusión del arte contemporáneo.
II.7.
Redefinición del término “primera
transacción” o venta que, actualmente y a diferencia de la mayoría de países
europeos, considera que la primera venta es la del artista a la galería,
equiparando la tarea de esta con una mera reventa que podría hacer un no
profesional. Esta situación impide aplicar un IGIC de primera venta, como
sucede en otros países con el IVA, que cuentan con esta ventaja en el mercado
internacional frente a las galerías españolas. Para Canarias, es crucial que
esta redefinición se ajuste a las especificidades del IGIC, regulado en la Ley
20/1991, de 7 de junio, de modificación de los
aspectos fiscales del régimen económico fiscal de Canarias.
II.8.
Equiparación del IGIC de los bienes culturales
y artísticos al de los países más desarrollados del ámbito europeo al que
pertenecemos. Esta medida
se enmarca dentro
de los objetivos de la Ley 1/2023, de 1 de marzo, del Sistema Público
de Cultura de Canarias,
que garantiza que los recursos presupuestarios destinados a las actividades y
servicios culturales, así como al desarrollo de la función cultural por parte
del Gobierno de Canarias, no sean
inferiores al 2% del presupuesto general de la Comunidad Autónoma de Canarias. Así se establecerán unos
mínimos económicos en cultura para cada año, asegurando un equilibrio adecuado
entre todas las áreas culturales y fomentando un entorno propicio para la
actividad cultural y artística en las islas.
II.9.
Establecimiento de un plan específico de ayudas a la exportación de arte canario.
Objetivo 6.-
Promover la igualdad efectiva
de hombres y mujeres en el ámbito artístico a través de medidas específicas de carácter
económico.
Acciones:
II.10.
Creación de un plan de ayudas para incentivar
la participación de los y las artistas
en el ámbito cultural y artístico que palien las dificultades motivadas
por la crianza de hijos y cuidado de mayores.
II.11.
Aumento de los incentivos fiscales para
empresas que patrocinen actividades culturales y artísticas con una
participación paritaria de hombres y mujeres.
II.12.
Establecimiento de plazos y cuotas, variables
según los resultados, para la adquisición de obras por museos y centros
públicos para que los fondos
comiencen a ser paritarios y la
historia del arte contemporáneo se pueda relatar desde la igualdad.
Acción:
Creación
de un plan de ayudas que permita la participación de los y las artistas
que residen en Canarias en
exposiciones, ferias y bienales en el exterior.
1. Redefinición del término “primera
transacción” o venta: Según la Ley 30/1972
y su modificación por la Ley 8/2018, se redefinirá el término para que la primera venta no sea la del artista a la galería, equiparando esta tarea con una mera reventa. Esto permitirá aplicar un IGIC de primera
venta, similar al IVA en otros países, proporcionando una ventaja en el mercado
internacional frente a las galerías españolas.
2. Creación de un plan de ayudas para incentivar
la participación de los y las artistas en el ámbito cultural y artístico:
Conforme a la Ley 1/2023, se implementará un plan de ayudas que alivie las dificultades que enfrentan los artistas
debido a la crianza de hijos y el cuidado de
mayores, asegurando así la continuidad de su actividad artística.
3. Aumento de los incentivos fiscales para
empresas que patrocinen actividades
culturales y artísticas: Basándonos en la Ley 19/1994 y su modificación por la Ley 8/2018, se incrementarán los
incentivos fiscales para empresas que apoyen actividades culturales con una
participación equitativa de hombres y mujeres, promoviendo la igualdad de
género en el sector cultural.
4. Establecimiento de plazos y cuotas para la adquisición de obras por museos y centros públicos: En
línea con la Ley 1/2023, se establecerán plazos y cuotas variables para que los
fondos de museos y centros públicos comiencen a ser paritarios, permitiendo que
la historia del arte contemporáneo se relate desde una perspectiva de igualdad.
II.13.
Creación
de un plan de ayudas que permita la participación de los y las artistas
que residen en Canarias en exposiciones, ferias y bienales en el exterior: Conforme
a la Ley 20/1991 y la Ley 1/2023, se desarrollará un plan de ayudas
específico para la producción cultural. Este plan tendrá en cuenta las
particularidades del sector de las artes visuales, que es muy diferente a otros
sectores culturales como el cine, teatro y danza, y está caracterizado por una
alta precariedad y una mayoría de trabajadores autónomos. Las ayudas no requerirán el abono anticipado de las cantidades
necesarias por parte del solicitante.
III. EDUCACIÓN Y POLÍTICA CULTURAL
PARA LAS ARTES VISUALES:
Objetivo 7.-
Mejorar
el papel del arte contemporáneo en el sistema educativo para garantizar el derecho
al conocimiento y disfrute de la creación contemporánea, así como el derecho de acceder a su práctica.
Acciones:
III.1.
Incorporación desde la educación primaria
a la secundaria de materias
en la formación de la creatividad
y del conocimiento visual, de la historia
de las imágenes y del pensamiento
estético.
III.2.
Elaboración de un plan de medidas para que
tanto la formación reglada como la no reglada integren, en sus contenidos y en
la formación permanente de los profesionales que los impartan, la paridad y la igualdad de género.
III.3.
Revisión y mejora del Grado de Bellas Artes y
del Grado de Historia del Arte, con especial atención al arte contemporáneo, el
pensamiento estético y la teoría de las artes, según parámetros internacionales y con la incorporación obligatoria de la perspectiva de
género
y la teoría poscolonial en todas sus materias teóricas. Desarrollo de nuevos
grados para la formación en cultura visual y en teoría de las artes.
III.4.
Revisión, mejora y ampliación de posgrados:
Másteres en Historia del Arte, Estética y
Teoría de las Artes, Gestión cultural, Crítica, Museología y Conservación, con
especial atención al arte contemporáneo, el pensamiento estético y la teoría de
las artes.
III.5.
Estudio y evaluación de la creación de un
centro de posgrado de referencia y de prestigio internacional.
Objetivo 8.-
Desarrollar,
en el marco de la política cultural, acciones específicas para la promoción y
difusión de la producción artística contemporánea. Con el objeto de mejorar la
internacionalización de los y las artistas que residen en la comunidad canaria
y sus dificultades aduaneras.
Acciones:
III.6.
Propuesta para el Ministerio de Cultura del
diseño, en cooperación con los departamentos de Cultura de las Comunidades
Autónomas en el marco de la Conferencia Sectorial de Cultura, y aplicación de
la estrategia general en materia
de artes visuales
tanto en el ámbito nacional como en el internacional. Acordando para
todo ello cauces estables de
colaboración con las instituciones culturales y con los distintos agentes del
sector privado.
III.7.
Creación de la Red regional
de museos y centros de Arte contemporáneos.
III.8.
Constitución de una red regional
de centros de recursos para las artes visuales.
III.9.
Desarrollo de programas específicos para la
movilidad y participación de los distintos profesionales del sector (artistas,
comisarios/as, críticos/as, investigadores/as, gestores/as, galeristas, ...) en
actividades y redes de carácter internacional.
III.10.
Realización de programas de formación
continua para los profesionales que estén ocupando puestos en las administraciones públicas,
así como en aquellas entidades
y
asociaciones que cuenten con financiación pública,
para propiciar modelos
de gestión inclusivos,
eficaces y sostenibles en los que participe de manera activa la ciudadanía.
III.11.
Libre movilidad de obras de arte en ambas
direcciones de Canarias con el resto de España y con Europa. Promoviendo para
ello que se realice y aplique por parte de la Hacienda canaria el protocolo
correspondiente al "artículo 25 bis" de la ley de modificación del REF.
Objetivo 9.-
Fomentar una información rigurosa
y de calidad sobre arte contemporáneo en los medios de
comunicación.
Acciones:
III.12.
Creación en las televisiones y radios públicas
de programas informativos y de debate que traten la creación
contemporánea de forma rigurosa y en profundidad, de manera continuada y en
horarios normalizados de audiencia.
III.13.
Apoyo a la creación e internacionalización de
revistas profesionales de investigación artística.
Islas Canarias
a 12 de diciembre de 2024.
Dña. Saro León Representante de ArteMisia Mujeres +
Arte
Dña. Yolanda Peralta Sierra Delegada territorial en Canarias de MAV,
Mujeres en las
Artes Visuales
Dña. Elena Marrero Presidenta
de AICAV, Asociación Islas Canarias de Artista
Visuales
Dña. Noemí Tejera Presidenta Marca Púrpura, mujeres arquitectas canarias
D. Pedro Déniz Acosta Presidente delegado del IAC, Instituto de Arte Contemporáneo para Canarias
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