LA SEXTA EN LA TELEVISIÓN ELECTORAL
CON RTVE SECUESTRADA
JOSÉ MANUEL MARTÍN MEDEM
Es la primera vez
que una televisión (La Sexta) entrevista tres veces en cuatro meses a un
presidente del gobierno. Es también la primera vez que se desarrollan tres procesos
electorales (dos generales y uno municipal y autonómico) con RTVE secuestrada
por una administradora única impuesta por el gobierno sin Consejo de
Administración ni control parlamentario. Y las televisiones autonómicas siguen
ocupadas por los gobiernos de cada comunidad.
La televisión
electoral es determinante, por encima de las redes sociales: el duopolio
comercial y TVE continúan acumulando una audiencia de seis millones al mediodía
y por la noche. Las tres entrevistas desvirtúan la competencia entre las
empresas comerciales y el sentido de servicio público de TVE. La Sexta no
debería ser el púlpito de Sánchez en la televisión electoral. La exhumación del
dictador Francisco Franco organizada por el gobierno con la señal institucional
de TVE nos dejó el mal sabor de boca de lo que parecía una ceremonia oficial
con la salida a hombros y el ¡Viva Franco! Entrevistar otra vez a Sánchez para
atribuirle el mérito electoral de la operación no es un juego limpio en La
Sexta. Democratizar la información sigue siendo tan imprescindible como cambiar
la ley electoral para que sea de verdad proporcional. Que todas las voces
tengan las mismas oportunidades y todos los votos valgan lo mismo.
La ley de la radio
y de la televisión de titularidad estatal (2006) establece que es “un servicio
público esencial” pero esa definición fue rectificada en la Ley General de la
Comunicación Audiovisual (LGCA, 2010) al considerarla “un servicio de interés
económico general”. Un retroceso avalado por el PSOE y el PP.
La LGCA dice en su
preámbulo que uno de sus objetivos es “proteger al ciudadano de posiciones
dominantes de opinión” y en su artículo 4 que garantiza “el derecho a que la
comunicación audiovisual se preste a través de una pluralidad de medios, tanto
públicos como comerciales y comunitarios, que reflejen el pluralismo
ideológico, político y cultural de la sociedad”. Pero no se ha cumplido la
disposición transitoria decimocuarta (“la regulación de los servicios de
comunicación audiovisual comunitarios se desarrollará reglamentariamente en un
plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor de la ley”) y el artículo
42 de la LGCA impide que el servicio público de televisión ocupe más del 25%
del espacio radioeléctrico disponible. Sin espacio para las iniciativas sociales
de comunicación audiovisual comunitaria y con la limitación del 25% para el
servicio público, no hay pluralismo con los tres sectores y se entrega el 75%
de la televisión a los negocios audiovisuales. El duopolio (Antena 3 y
Telecinco) se apodera de la posición dominante. La última posibilidad para el
pluralismo sería el derecho de acceso pero tampoco se cumple el artículo 9 de
la ley de financiación de RTVE (2009) que establece como obligación del
servicio público estatal “dedicar al menos doce horas semanales en horario no
residual a emitir programas para el derecho de acceso de los grupos políticos,
sindicales y sociales”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario