domingo, 18 de diciembre de 2022

ASALTO AL ESTADO DE DERECHO

 

ASALTO AL ESTADO DE DERECHO

PABLO ARANGÜENA

El último capítulo de la generalizada lawfare que viene manteniendo el PP desde hace mucho tiempo es especialmente grave. No hay precedentes de la interposición de un recurso para paralizar preventivamente y ab initio nada menos que un proceso legislativo que se está desarrollando en las Cortes Generales, sede principal de la soberanía popular. Y no hay precedentes porque nadie se ha atrevido a tanto desde que se aprobó la Constitución en 1978, lo cual demuestra hasta qué punto la derecha ha perdido el norte democrático en los últimos tiempos.

 

El Tribunal Constitucional puede y en su caso debe –previo recurso de inconstitucionalidad- declarar la inconstitucionalidad de leyes y normas con fuerza de ley que vulneren la Constitución, y así lo ha hecho con normalidad en las últimas décadas. Pero para eso tiene que haber una ley que recurrir. Como en este caso no la hay hasta que se apruebe, los abogados del PP han ideado un subterfugio: no esperar e interponer recurso de inconstitucionalidad cuando esté aprobada la ley, sino presentar un recurso de amparo durante el proceso legislativo. A diferencia del recurso de inconstitucionalidad, cuyo objetivo es mantener la constitucionalidad desde una perspectiva general y que tiene un efecto para toda la ciudadanía sujeta a la ley recurrida, el recurso de amparo permite combatir situaciones de inconstitucionalidad de ámbito particular. Por eso la legitimación para interponer un recurso de inconstitucionalidad está restringida: solo pueden interponerlo 50 diputados, 50 senadores, el presidente del Gobierno, el defensor del pueblo y las comunidades autónomas a través de los órganos correspondientes. En cambio, el recurso de amparo, normalmente contra sentencias pero también contra actos administrativos, puede interponerlo cualquier ciudadano que considere lesionados sus derechos fundamentales, además del ministerio fiscal y el defensor del pueblo. En este caso, lo ha interpuesto un grupo de diputados y diputadas del PP alegando que se vulnera su derecho a ejercer la función representativa que les corresponde.

 

Pero además, el recurso de amparo permite algo que no permite el de inconstitucionalidad: pedir medidas cautelares si se justifica que no adoptarlas podría producir al recurrente un perjuicio que haga perder al recurso su finalidad.

 

La ley orgánica del TC contempla también en el recurso de amparo la posibilidad de suspensión del acto o sentencia impugnada "siempre y cuando la suspensión no ocasione perturbación grave a un interés constitucionalmente protegido, ni a los derechos fundamentales o libertades de otra persona". En este caso lo que piden los diputados populares es suspender la admisión de dos enmiendas, las relativas al poder judicial, por no guardar relación con la reforma que se tramita. Pero con independencia de la opinión que merezca la técnica legislativa empleada en esa reforma legislativa, e incluso de su legalidad, el resultado de proceder a la paralización que se pretende por el PP ocasionaría un daño a la propia democracia, que es mucho más importante aún que el "interés constitucionalmente protegido" que pone como límite la propia ley para la suspensión, porque implicaría establecer el precedente de que el TC paralice procedimientos legislativos inmiscuyéndose preventivamente en la función legislativa que es un pilar del sistema democrático. No ya derogar leyes o partes de leyes que se oponen a la constitución una vez aprobadas, como le corresponde según la Constitución, sino entrar en el propio proceso legislativo en el mismo momento en que se está desenvolviendo, con el riesgo evidente de condicionarlo hasta desvirtuarlo.

 

Este riesgo es especialmente grave teniendo en cuenta lo que viene haciendo el PP en el último cuarto de siglo: lo que parece ser una estrategia sistemática para "hacer suyos" órganos de poder con enorme capacidad de influencia y hasta de control sobre el estado de derecho como son el CGPJ y el TC. A cualquier precio. Y el precio ha sido el de paralizar la renovación del CGPJ siempre que ha tenido ocasión, desgastando así la democracia porque la sociedad contempla y no entiende esa parálisis y pierde confianza en el sistema y en las instituciones. En concreto, el PP ha paralizado esa renovación entre 1995 y 1996, entre 2006 y 2008 y desde el año 2018 hasta hoy, en este último caso batiendo todos sus récords anteriores al durar esa paralización más de 4 años, hasta el punto de causar la insólita dimisión de su presidente. El argumento de que dos no se ponen de acuerdo si uno no quiere combinado con echarle la culpa al PSOE en base excusas cambiantes (la última ha sido la reforma del delito de sedición, que no tiene nada que ver con la renovación del CPGJ) se desmonta fácilmente: cuando la renovación ha coincidido con gobiernos del PP, el PSOE no la ha bloqueado desde la oposición, como demuestran las hemerotecas. Fruto de la estrategia del PP es –además de la pretensión de desgastar al Gobierno y el efecto secundario de desgastar la propia democracia- la mayoría de vocales conservadores en el órgano de gobierno de los jueces, que así controla también los nombramientos en la sala de lo penal del Tribunal Supremo, la que decide sobre los casos de corrupción y que ha pasado también de tener ligera mayoría progresista en 1995 a tenerla hoy aplastantemente conservadora. Esa pretensión de control fue explicitada en el famoso whatsapp filtrado del popular Coisidó: "controlando la sala segunda desde detrás".

 

El problema de toda esta estrategia de control de las instituciones judiciales por el PP es que, además de socavar gravemente el estado de derecho sin el cual la democracia se convertiría en una pantomima, está derivando en una escalada cuyo último episodio es el recurso de amparo de varios diputados y diputadas del PP. Si se admite y aplica la medida cautelar por parte de un órgano como el actual TC con magistrados cuyo mandato ha caducado y que son, además, parte interesada y no imparcial, dado que el procedimiento que se pretende paralizar afecta a la propia reforma del sistema de elección de los miembros de ese tribunal del que forman parte, se estaría legitimando y dando alas al más alto nivel a una estrategia de golpismo blando que forma parte del arsenal trumpista adquirido por la derecha en los últimos años.

 

Los magistrados del TC –con independencia de quién los haya propuesto para el cargo- son juristas de dilatada experiencia y en todos ellos sin duda debe de haber un fondo de justicia, equidad y prudencia. Sobre esa base deben ponderar en una balanza el supuesto perjuicio que se causaría a los diputados recurrentes y el perjuicio evidente, general e incomparablemente superior que se causaría al estado de derecho y a los 47 millones de ciudadanos amparados por él haciendo algo tan insólito y desmesurado como inmiscuirse en el proceso legislativo antes de que haya una ley que recurrir.

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