ASALTO AL ESTADO DE DERECHO
PABLO ARANGÜENA
El último capítulo de la generalizada lawfare que viene manteniendo el PP desde hace mucho tiempo es especialmente grave. No hay precedentes de la interposición de un recurso para paralizar preventivamente y ab initio nada menos que un proceso legislativo que se está desarrollando en las Cortes Generales, sede principal de la soberanía popular. Y no hay precedentes porque nadie se ha atrevido a tanto desde que se aprobó la Constitución en 1978, lo cual demuestra hasta qué punto la derecha ha perdido el norte democrático en los últimos tiempos.
El Tribunal
Constitucional puede y en su caso debe –previo recurso de inconstitucionalidad-
declarar la inconstitucionalidad de leyes y normas con fuerza de ley que
vulneren la Constitución, y así lo ha hecho con normalidad en las últimas
décadas. Pero para eso tiene que haber una ley que recurrir. Como en este caso
no la hay hasta que se apruebe, los abogados del PP han ideado un subterfugio:
no esperar e interponer recurso de inconstitucionalidad cuando esté aprobada la
ley, sino presentar un recurso de amparo durante el proceso legislativo. A
diferencia del recurso de inconstitucionalidad, cuyo objetivo es mantener la
constitucionalidad desde una perspectiva general y que tiene un efecto para
toda la ciudadanía sujeta a la ley recurrida, el recurso de amparo permite
combatir situaciones de inconstitucionalidad de ámbito particular. Por eso la
legitimación para interponer un recurso de inconstitucionalidad está
restringida: solo pueden interponerlo 50 diputados, 50 senadores, el presidente
del Gobierno, el defensor del pueblo y las comunidades autónomas a través de
los órganos correspondientes. En cambio, el recurso de amparo, normalmente
contra sentencias pero también contra actos administrativos, puede interponerlo
cualquier ciudadano que considere lesionados sus derechos fundamentales, además
del ministerio fiscal y el defensor del pueblo. En este caso, lo ha interpuesto
un grupo de diputados y diputadas del PP alegando que se vulnera su derecho a
ejercer la función representativa que les corresponde.
Pero además, el
recurso de amparo permite algo que no permite el de inconstitucionalidad: pedir
medidas cautelares si se justifica que no adoptarlas podría producir al
recurrente un perjuicio que haga perder al recurso su finalidad.
La ley orgánica del
TC contempla también en el recurso de amparo la posibilidad de suspensión del
acto o sentencia impugnada "siempre y cuando la suspensión no ocasione
perturbación grave a un interés constitucionalmente protegido, ni a los
derechos fundamentales o libertades de otra persona". En este caso lo que
piden los diputados populares es suspender la admisión de dos enmiendas, las
relativas al poder judicial, por no guardar relación con la reforma que se
tramita. Pero con independencia de la opinión que merezca la técnica legislativa
empleada en esa reforma legislativa, e incluso de su legalidad, el resultado de
proceder a la paralización que se pretende por el PP ocasionaría un daño a la
propia democracia, que es mucho más importante aún que el "interés
constitucionalmente protegido" que pone como límite la propia ley para la
suspensión, porque implicaría establecer el precedente de que el TC paralice
procedimientos legislativos inmiscuyéndose preventivamente en la función
legislativa que es un pilar del sistema democrático. No ya derogar leyes o
partes de leyes que se oponen a la constitución una vez aprobadas, como le
corresponde según la Constitución, sino entrar en el propio proceso legislativo
en el mismo momento en que se está desenvolviendo, con el riesgo evidente de
condicionarlo hasta desvirtuarlo.
Este riesgo es
especialmente grave teniendo en cuenta lo que viene haciendo el PP en el último
cuarto de siglo: lo que parece ser una estrategia sistemática para "hacer
suyos" órganos de poder con enorme capacidad de influencia y hasta de
control sobre el estado de derecho como son el CGPJ y el TC. A cualquier
precio. Y el precio ha sido el de paralizar la renovación del CGPJ siempre que
ha tenido ocasión, desgastando así la democracia porque la sociedad contempla y
no entiende esa parálisis y pierde confianza en el sistema y en las
instituciones. En concreto, el PP ha paralizado esa renovación entre 1995 y
1996, entre 2006 y 2008 y desde el año 2018 hasta hoy, en este último caso
batiendo todos sus récords anteriores al durar esa paralización más de 4 años,
hasta el punto de causar la insólita dimisión de su presidente. El argumento de
que dos no se ponen de acuerdo si uno no quiere combinado con echarle la culpa
al PSOE en base excusas cambiantes (la última ha sido la reforma del delito de
sedición, que no tiene nada que ver con la renovación del CPGJ) se desmonta
fácilmente: cuando la renovación ha coincidido con gobiernos del PP, el PSOE no
la ha bloqueado desde la oposición, como demuestran las hemerotecas. Fruto de
la estrategia del PP es –además de la pretensión de desgastar al Gobierno y el
efecto secundario de desgastar la propia democracia- la mayoría de vocales
conservadores en el órgano de gobierno de los jueces, que así controla también
los nombramientos en la sala de lo penal del Tribunal Supremo, la que decide
sobre los casos de corrupción y que ha pasado también de tener ligera mayoría
progresista en 1995 a tenerla hoy aplastantemente conservadora. Esa pretensión
de control fue explicitada en el famoso whatsapp filtrado del popular Coisidó:
"controlando la sala segunda desde detrás".
El problema de toda
esta estrategia de control de las instituciones judiciales por el PP es que,
además de socavar gravemente el estado de derecho sin el cual la democracia se
convertiría en una pantomima, está derivando en una escalada cuyo último
episodio es el recurso de amparo de varios diputados y diputadas del PP. Si se
admite y aplica la medida cautelar por parte de un órgano como el actual TC con
magistrados cuyo mandato ha caducado y que son, además, parte interesada y no
imparcial, dado que el procedimiento que se pretende paralizar afecta a la
propia reforma del sistema de elección de los miembros de ese tribunal del que
forman parte, se estaría legitimando y dando alas al más alto nivel a una
estrategia de golpismo blando que forma parte del arsenal trumpista adquirido
por la derecha en los últimos años.
Los magistrados del
TC –con independencia de quién los haya propuesto para el cargo- son juristas
de dilatada experiencia y en todos ellos sin duda debe de haber un fondo de
justicia, equidad y prudencia. Sobre esa base deben ponderar en una balanza el
supuesto perjuicio que se causaría a los diputados recurrentes y el perjuicio
evidente, general e incomparablemente superior que se causaría al estado de
derecho y a los 47 millones de ciudadanos amparados por él haciendo algo tan
insólito y desmesurado como inmiscuirse en el proceso legislativo antes de que
haya una ley que recurrir.
No hay comentarios:
Publicar un comentario