EL CASO TERTSCH O LA PERSISTENCIA
DE LA OTRA MEMORIA
FRANCISCO
ESPINOSA
En 2009 dediqué un
libro titulado Callar al mensajero a exponer, a través de una serie de casos
ocurridos entre 1980 y 2009, con el telón de fondo de la represión franquista,
el arduo camino que hubieron de recorrer aquellos que pusieron nombre y
apellidos a los responsables de crímenes que, protegidos por la dictadura,
nunca tuvieron que rendir cuentas ante la ley. El derecho a la libertad de
información chocaba con un peculiar concepto del derecho al honor. Dos años
después, en 2011, publiqué un trabajo sobre la represión en mi pueblo,
Villafranca de los Barros, titulado Masacre, en el que dediqué unas páginas a
Manuel Iglesias Ramírez, natural de allí y que había tenido un papel activo
tanto en la consolidación del socialismo en la localidad como durante la
República, el golpe y la guerra civil. Conté con el consejo de guerra que en
1939 lo condenó a muerte y con la ayuda de su hijo Javier Iglesias Peláez.[1]
El grupo Podemos, con
Pablo Iglesias como secretario general, se fundó en 2014 y en las elecciones
generales de diciembre del año siguiente obtuvo 69 diputados, hecho que rompió
los esquemas al bipartidismo reinante desde los ochenta y a los medios de
comunicación, en su mayor parte subsidiarios de dicho esquema. Entre ambas
fechas, dichos medios, en un amplio arco que abarcaría desde El País hasta
Libertad Digital, conscientes de la fuerza del proyecto, iniciaron una campaña
contra Podemos y especialmente contra su líder. Observé entonces que algunos
datos del libro habían sido utilizados torticeramente y estaban circulando en
algunos de esos medios. También se recurrió a la Causa General, masa documental
creada por el fascismo español para justificar su actuación, curiosamente
abierta a la consulta por Internet hace muchos años y que no ha dejado de dar
juego a los que no soportan que se reivindique a los que sufrieron represión,
tanto si fueron asesinados como si pasaron años en prisión. Pienso en Marcos
Ana, Timoteo Mendieta o, el caso que nos ocupa, Manuel Iglesias Ramírez.
En 2019, antes de
que se confirmara la sentencia de la que se va a tratar, ya fue condenado a
pagar 15.000 euros a Javier Iglesias Peláez
El artículo que
abrió la veda contra Pablo Iglesias apareció en La Gaceta, del grupo
Intereconomía, pero fue la sección local de Villafranca del diario extremeño
Hoy la que poco después, el 7 de febrero de 2015, en artículo firmado por su
corresponsal Antonio Ortiz, la que lo reprodujo al completo asumiendo plenamente
el contenido y afirmando que dicho artículo desmentía lo que sobre Manuel
Iglesias se decía en Masacre. Fue esta versión la que Hermann Tertsch decidió
utilizar contra Pablo Iglesias. En palabras de Jiménez Losantos “Hermann no
inventó nada. Esto se publicó antes, citando a lagaceta.es, el 7-2-2015, en
Villafranca Hoy, de donde era el tristemente célebre el papá del papá del que
pretende convertir a España en Venezuela”.
Los hechos
El periodista
Hermann Tertsch es reincidente en el caso que nos ocupa. En 2019, antes de que
se confirmara la sentencia de la que se va a tratar, ya fue condenado a pagar
15.000 euros a Javier Iglesias Peláez tras acusarle de asesinar a un policía en
1973. Y este mismo mes de julio hemos sabido que la Sala Civil del Tribunal Supremo
ha confirmado la sentencia dictada por el Juzgado de Zamora en julio de 2018,
pero veamos el asunto con cierto detalle. El punto de partida es un artículo de
Tertsch en ABC en febrero de 2016 en el que, entre otras cosas, se acusaba a
Manuel Iglesias Ramírez, padre de Javier Iglesias, de intervenir en sacas y del
asesinato de Joaquín Dorado Rodríguez de Campomanes, marqués de San Fernando, y
de su cuñado Pedro Ceballos-Zúñiga Solís, víctimas del terror en medio de la
terrible situación existente en Madrid el 7 de noviembre de 1936 con motivo de
los bombardeos y del asalto de las columnas facciosas.
En 2016, tres meses
después de la publicación del artículo, Javier Iglesias presentó una demanda en
la que pedía una indemnización de 50.000 euros además de la obligación de
publicar a su costa el fallo y retirar de webs y redes el contenido motivo de
la demanda. Un año después, en 2017, el Juzgado de Zamora, presidido por
Guillermina Mongil San José, estableció que el artículo constituía “una
intromisión ilegítima en el honor del difunto” y en el de sus familiares,
especialmente su hijo, por lo que condenaba a Tertsch al pago de 12.000 euros y
las costas procesales además de publicar el fallo en los mismos medios que
utilizó antes. Poco después, el demandado presentó un recurso de apelación que
fue desestimado en 2018 confirmando la sentencia anterior, ante lo cual planteó
un recurso extraordinario basado en la supuesta “arbitrariedad, irracionalidad
manifiesta y error patente” en la valoración de las pruebas por él presentadas.
Contra lo que pudiera pensarse, el recurso fue admitido.
Javier Iglesias
alegó algo que nadie parecía tener en cuenta y es que los ataques a su padre no
llevaban otra intención que dañar electoralmente a su hijo
Javier Iglesias
Peláez solo quería que se reconociese algo tan simple como que la condena a
muerte que dictó el consejo de guerra que se encargó del padre no fue por
intervenir en saca alguna sino “por rebelión militar al haber combatido el
alzamiento militar que desencadenó la guerra”. En su defensa Tertsch alegaba
que se trató de un artículo de opinión basado en noticias publicadas en los
medios, centrados sobre todo en la denuncia que realizó en 1939 la afectada,
María Ceballos-Zúñiga Solís, marquesa de San Fernando. Ante esto, la sentencia
insistía que el periodista “no agotó su deber de diligencia”, ya que no
contrastó esa información con otras fuentes como las causas sumariales, que en
el caso de Manuel Iglesias Ramírez probaban que no fue condenado por asesinato
y en el del marqués y su cuñado que acabó en sobreseimiento provisional.
Para la justicia se
trataba de un conflicto entre la libertad de expresión e información y el
derecho al honor. Había fallado el requisito de veracidad, el deber de
contrastar la información a fin de no esparcir rumores y falsedades que en el
caso de Tertsch, además del Hoy, salían de El Semanal Digital, La Gaceta,
Periodista Digital o Navarra Confidencial. Fue a partir de ahí cuando el
periodista recreó la relación de Manuel Iglesias con las checas. De modo que,
aunque amparado por la libertad de expresión, el artículo fue “falso en su
conjunto”. Ante esto, Javier Iglesias alegó algo que nadie parecía tener en
cuenta y es que los ataques a su padre no llevaban otra intención que dañar
electoralmente a su hijo, Pablo Iglesias, por entonces secretario general de
Podemos. Era claramente un ataque de carácter político. La alegación fue
rechazada por el Ministerio Fiscal pese a que el propio Tertsch había afirmado
que en su artículo criticaba a partidos como Podemos “por difundir la idea
(fruto de una simplificación grosera e intelectualmente inaceptable) de
considerar que en la guerra civil hubo un bando bueno y otro malo, y que solo
la ideología vinculada al bando bueno merece respeto”.
El golpe militar le
cogió en Madrid, recibiendo el encargo de llevar 75 fusiles a Villafranca,
donde ayudó a que no hubiera un enfrentamiento con la Guardia Civil
La justicia
consideró que las imputaciones vertidas en el artículo hubieran exigido la
consulta de “fuentes accesibles e inequívocamente más objetivas como los
archivos históricos, en particular los expedientes penales referidos a Don
Manuel, de cuya documentación, integrada también por los documentos policiales
que invoca el recurrente en apoyo de su tesis”. El contenido del artículo no
podía justificarse en la libertad de expresión, ya que, como se leía: “La
legitimidad de la crítica a determinadas ideologías por alinearse con
interpretaciones sesgadas de hechos históricos (en particular al comportamiento
de los dos bandos en la Guerra Civil) no justificaba…”. Por todo ello, cuatro
años después de que Javier Iglesias Peláez presentara la demanda, la Sala Civil
del Tribunal Supremo presidida por Francisco Marín Castán desestimaba el
recurso extraordinario y confirmaba la sentencia.
La farsa judicial
del fascismo
Como contó él mismo
en una breve semblanza incluida en el libro antes aludido, Manuel Iglesias Ramírez,
abogado y jurídico militar, nació en 1913 en Villafranca de los Barros, donde
su familia regentaba una pensión. Estudió en el colegio jesuita de la localidad
y concluyó bachillerato en los Salesianos de Utrera. En 1929, además de fundar
la Casa del Pueblo de Villafranca con Andrés Saborit y Lucio Martínez, se
matriculó en Derecho en Sevilla e ingresó en las Juventudes Socialistas. Entre
1932 y 1934 fue presidente de la Federación Universitaria Escolar (FUE),
interviniendo en las campañas electorales en Badajoz junto a Margarita Nelken,
Gustavo Pittaluga, Juan Simeón Vidarte o Ricardo Zabalza. Se opuso a la huelga
asturiana de 1934 y a la unificación de las juventudes socialistas y
comunistas, por lo que fue tachado de besteirista. El golpe militar le cogió en
Madrid, recibiendo el encargo de llevar 75 fusiles a Villafranca, donde ayudó a
que no hubiera un enfrentamiento con la Guardia Civil e hizo un llamamiento a
la no violencia. Tras el fracaso en el choque habido cerca de Los Santos de
Maimona entre fuerzas al mando del coronel Puigdengolas y la columna que
avanzaba desde Sevilla, decidió partir para Madrid.
Tras una etapa como
comisario del Batallón “Margarita Nelken”, a comienzos de 1937 fue nombrado
teniente auditor para Aragón a las órdenes de general Pozas. En agosto de ese
mismo año se presentó a las oposiciones para el Cuerpo Jurídico Militar de la
República y salió como teniente auditor en campaña con destino al VI Ejército,
primero en El Pardo y luego en Hoyo de Manzanares. De aquí partirá para Úbeda
como Auditor-Presidente del Tribunal Militar. Y allí será juzgado al final de
la guerra siendo condenado a muerte, que le fue conmutada gracias a la
intervención de su compañero de estudios Pedro Gamero del Castillo, por
entonces en el poder al servicio de Serrano Suñer, pasando casi seis años en
varias cárceles. Tachado de “marxista ortodoxo” por el tribunal, se consideró
socialista humanista en la línea de
Pablo Iglesias, Jaime Vera o Julián Besteiro. Tras salir de la cárcel
consiguió por medio de una cuñada acceder al Ministerio de Trabajo. En 1946 se
incorporó a la lucha clandestina con el carnet número 17. Murió, “tan pobre
como nací”, según dejó escrito en 1986.
Del carácter
demencial del consejo de guerra bastará con decir que en todo momento se le
acusó de ser de la FAI (Federación Anarquista Ibérica) después de que uno de
los informes confundiese la FAI con la FUE y afirmase que fue secretario de
Margarita Nelken en 1935, ignorando que entre 1934 y 1936 ella estuvo fuera de
España. En cuanto a Joaquín Dorado Rodríguez de Campomanes y de su hermano
Pedro Ceballos-Zúñiga Solís declaró que no solo no tuvo que ver nada con su
asesinato sino que hizo todo cuanto pudo por localizarlos. Fue María
Ceballos-Zúñiga Solís, marquesa de San Fernando, la que nada más concluir la
guerra comenzó a denunciar a gente por los asesinatos de su esposo y su hermano
el día 7 de noviembre. Primero denunció al alcalde, condenado a muerte en
consejo de guerra y que se libró gracias a un hermano monje, pero pronto la
marquesa volvió a la carga acusando de la desaparición de sus familiares a
nueve personas, entre las que, además del alcalde, aparecía Manuel Iglesias
Ramírez. Solo se libraron de la acusación los muertos. La investigación de la
denuncia no dio resultados aunque sí interfirió negativamente en los consejos
de guerra que afectaron a varios de ellos.
Manuel Iglesias
Ramírez no se rebeló contra nadie, sino que se prestó a defender la democracia
allí donde su formación le permitió hacerlo
Creyendo que usando
los apodos daría un aire de banda a los que supuestamente colaboraron con
Iglesias en los asesinatos, Tertsch no tuvo problema alguno en acusar
igualmente al que llamó “El Cojo de los Molletes”, que no era otro que el
socialista Jesús Yuste Marzo, último alcalde republicano de Villafranca de los
Barros así conocido por padecer cojera y ser panadero. Seguro que le gustará
saber a Tertsch que en noviembre “El Cojo de los Molletes” ya no estaba en
Madrid. No creo que haya gustado mucho a sus descendientes que se le implique
en un crimen en el que nada tuvo que ver. También le vendrá bien saber que
gracias a gente como Yuste o Iglesias, entre otros, todos los presos de
derechas, más de cien, fueron encontrados con vida cuando el 7 de agosto
llegaron las columnas de Sevilla. Tampoco quiso saber que la represión fascista
acabó con más de 500 personas en un pueblo de dieciséis mil habitantes.
En el consejo de
guerra de Manuel Iglesias, el fiscal Manuel Valcárcel Amezqueta solicitó pena
de muerte y el defensor, el abogado falangista granadino Alfonso
García-Valdecasas, treinta años. Ambos eran oficiales honoríficos del Cuerpo
Jurídico Militar. La sentencia, que dio categoría de pruebas a los absurdos
informes recibidos de Villafranca, consideró que Iglesias Ramírez puso “su
inteligencia a contribución de la propaganda del Frente Popular del año 1936”.
Fue igualmente acusado de proveer de armas a “los rojos de Villafranca”, de
actuar como delegado gubernativo y de animar a la resistencia a los milicianos.
Su actuación en Madrid fue considerada “confusa”, aunque se dio por hecho que
intervino en la detención de oficiales del Ejército. Finalmente se recordó que
como presidente del Tribunal Permanente en Úbeda había firmado nueve penas de
muerte y se tuvo en cuenta que había ayudado a personas de derechas, muchas de
las cuales testimoniaron en su favor.
¿Cuál fue pues la
causa por la que Manuel Iglesias Ramírez fue condenado a muerte? La misma que
llevó al paredón a decenas de miles de personas: haberse opuesto al golpe militar
y servido a la República. Y si no fue asesinado fue, como en otros muchos
casos, porque tuvo la suerte de que en medio de aquella lotería mortal alguien
lo rescató en el último momento.
La Justicia ante el
legado franquista
Sin duda la
sentencia podría parecer justa para los que pensamos que la campaña permanente
de la extrema derecha contra personas asociadas a la República, a la lucha
antifascista o a la defensa de la democracia en general debe tener un límite.
La libertad de expresión no puede amparar la mentira ni la calumnia, máxime
cuando se hace con voluntad de causar daño. Como alegó Javier Iglesias Peláez,
el objetivo de Tertsch no es el abuelo de Pablo Iglesias –ni el padre añado
yo–, sino el secretario general de Podemos. Sin embargo el Ministerio Fiscal
rechazó esta idea. ¿Qué razón si no va a tener la extrema derecha para ir
contra el abuelo o el padre de Iglesias? El esquema es simple: La Gaceta
preparó la calumnia, otros medios la recogieron y expandieron, y Tertsch solo
tuvo que adobarla con su toque habitual y subirla al ABC de Bieito Rubido. Hay
que hacer notar, no obstante, que el recurso a la calumnia fue el medio
favorito utilizado en la dictadura a lo largo de su existencia para justificar
la represión, sobre todo cuando pasó el tiempo del terror y se pudo percibir el
grado de barbarie al que se había llegado. En este sentido quienes la siguen
utilizando no hacen más que seguir la tradición. Aunque cabría preguntarse si,
en el caso de un reincidente como Tertsch, doce mil euros saldan el daño
causado a la familia Iglesias y a un partido político.
En este país ser
pública y manifiestamente de izquierdas sigue teniendo un coste
Lo más llamativo de
la sentencia desde mi punto de vista es la afirmación de que Tertsch debió
consultar “fuentes accesibles e inequívocamente más objetivas” como la
documentación militar relativa a Manuel Iglesias. ¿Se refieren la jueza de
Zamora y el presidente de la Sala Civil del Tribunal Supremo al consejo de
guerra que juzgó a Iglesias en 1939? ¿Es esa acaso la documentación
inequívocamente más objetiva? Algo grave ocurre cuando dos jueces de un país
democrático consideran un referente válido los consejos de guerra producidos
por la maquinaria judicial militar de un régimen fascista. ¿Acaso ignoran que dichos
procedimientos conculcaban todas las garantías procesales y que constituían una
aberración jurídica de principio a fin? ¿No han oído hablar de “la justicia al
revés”, de que los rebeldes juzgaron por rebelión militar a quienes se
mantuvieron fieles al régimen legal surgido de las elecciones generales de
febrero de 1936? ¿Nunca han oído que había auditores militares que establecían
el porcentaje de penas que debían dictarse? Y finalmente, ¿no hubiera sido más
lógico que la sentencia se hubiera basado simplemente en la absoluta falta de
credibilidad de la documentación judicial militar, de la policial o de la Causa
General en que se basaban los que propalaban la calumnia?
Dejando de lado las
patrañas inventadas por los medios de extrema derecha, Manuel Iglesias Ramírez
no se rebeló contra nadie, sino que se prestó a defender la democracia allí
donde su formación le permitió hacerlo. Y por eso fue detenido y condenado a
muerte tras pasar por la farsa judicial militar. Por si fuera poco, la
sentencia llega a hablar de “los dos bandos”, como si el gobierno legal fuera
un bando. Algo falla de nuevo cuando en 2020, a más de ochenta años del golpe
militar y de la guerra, sigue flotando, sin que ni siquiera lo percibamos, la
ideología franquista. No puede ser que a estas alturas el hijo de un
represaliado, en vez de estar pensando en la declaración de nulidad de las
sentencias franquistas de carácter político, tenga que batallar para demostrar
que su padre no fue condenado por asesinato sino por rebelión militar, o lo que
es lo mismo, que tenga que recurrir a una aberración jurídica para frenar una
calumnia. A esta absurda situación conduce la supuesta libertad de expresión en
que se ampara la extrema derecha.
A modo de reflexión
final diré que en este país ser pública y manifiestamente de izquierdas sigue
teniendo un coste. Da igual que se proceda de una familia de rojos o de azules.
Conocemos ya casos sobrados en que se ha acosado a personas de diversos ámbitos
–da igual que sean políticos, jueces o historiadores– por el mero hecho de no
ser como dios manda, lo que en este país equivale a ser de derechas. Todo ello
se agrava si además de ser de izquierdas se obtienen buenos resultados en las
elecciones y se consigue acceder al gobierno. Es difícil comprender cómo puede
soportarse tal grado de acoso mediático. La particularidad de la derecha
española es que procede del franquismo, es decir, que nunca rompió con lo que
en la transición se denominó, para hacerla más llevadera, el régimen anterior.
Y es esa seguridad en que la España que legó la dictadura debe permanecer
inmutable en sus esencias la que lleva a las derechas, en sentido amplio, a
usar todos los medios posibles para impedir el surgimiento, el avance y la
implantación de las opciones de izquierda, que su concepción de España expulsa
como cuerpo extraño. Estamos, una vez más, ante la memoria histórica del
franquismo, que nunca ha cesado.
Notas
[1] Los libros
citados son Callar al mensajero. La represión franquista, entre la libertad de
información y el derecho al honor, Península, Barcelona, 2009 y Masacre. La
represión franquista en Villafranca de los Barros (1936-1945), Aconcagua,
Sevilla, 2011.
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