LA REFORMA
DEL SUBSIDIO DE DESEMPLEO: ATROPELLO BESTIAL CONTRA LA CLASE OBRERA
La
semana pasada se rechazó por el Congreso de los Diputados la reforma del
subsidio de desempleo. A continuación una valoración de la misma a cargo del
Campamento Dignidad.
JUAN
VIERA
(Campamento
Dignidad)
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La reforma del subsidio de desempleo a pesar de la campaña que se hace desde el gobierno de España, en términos generales supone un recorte del gasto público social perjudicando a los sectores más desfavorecidos de los desempleados y, a su vez, un incremento del ejército de reserva de parados lo que implica una disminución salarial.
Parece fuera de lo
racional que señores y señoras que cobran más de 5000 o 6000 euros aplaudan con
tanto alborozo y entusiasmo en los medios de comunicación una subida del
subsidio de desempleo que en promedio para un desempleado que lo cobre durante
un tiempo máximo de 30 meses viene a ser de 30 euros respecto a los 480 euros
actuales. Los diputados y diputadas no son conscientes que con esta cantidad
mensual difícilmente se puede vivir y tener un mínimo bienestar.
Responde a las
directrices de la UE a las que el gobierno está obligado para cobrar los restos
pendientes del dinero procedente de los Fondos de Recuperación y Resiliencia
Europeos arbitrados con motivo de la pandemia
La reforma del
subsidio de desempleo, junto a otras medidas que afectan a las pensiones y
servicios públicos, responde a las directrices de la UE a las que el gobierno
está obligado para cobrar los restos pendientes del dinero procedente de los
Fondos de Recuperación y Resiliencia Europeos arbitrados con motivo de la
pandemia. Es una reforma preparada desde hace varios años para transformar el
modelo actual, darle un carácter asistencial al subsidio a los desempleados,
tal y como se pone de manifiesto a lo largo del decreto y simultáneamente
reducir el número de perceptores.. Nuestro análisis pone de manifiesto que las
pretensiones del gobierno van más allá de las reclamaciones que han llevado a
Podemos a dar su voto negativo para la aprobación de este decreto.
Elimina del
subsidio a más de 120.000 personas
Con la reforma a
partir de junio de 2024 desaparecen las ayudas que durante 18 meses cobraban
los emigrantes retornados, los liberados de prisiones, se elimina la RAI y el
subsidio extraordinario; en definitiva, más 120.000 personas quedarán en total
desamparo, son arrojados a la miseria y a la incertidumbre de la exclusión
social. La solución que se les da es que soliciten el Ingreso Mínimo Vital
(IMV) que caso de conseguirlo, una vez superada la enorme burocracia exigida,
en el mejor de los casos deberán estar 6 o 7 meses a la espera de la resolución
definitiva; mientras tanto resulta difícil pensar cómo van a sobrevivir estas
personas. Lo que sí nos dice la experiencia es que de estas personas que quedan
fuera de la ayuda accederán al IMV muy pocas.
Reducción de las
pensiones de jubilación
Los nuevos
perceptores del subsidio para mayores de 52 años que se incorporen a partir de
junio del 2024 verán cómo las bases de cotización a la seguridad social
disminuirán progresivamente desde el 120 % de la base mínima de cotización del
Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento hasta el 105 %
de la base mínima de cotización que será en 2027. Para los perceptores anteriores
al 1 de junio de 2024 la base de cotización seguirá siendo la del 125 % de la
base mínima. En definitiva, que los nuevos perceptores verán reducidas sus
pensiones a la hora de su jubilación. La simulación del cálculo de pensiones de
acuerdo a las reducciones en las cotizaciones a la seguridad social conduce a
una disminución de más de 2200 euros anuales para una persona que acceda al
subsidio después de este decreto, con 52 años y se jubile a los 67 años con 22
años cotizados, respecto a lo que cobraría una persona en las mismas
condiciones antes del decreto.
Subsidio a tiempo
parcial recuperando lo que hizo el PP en 2012
Muchos parados
acogidos a esta ayuda social no cobrarán de manera completa las cantidades que
se indican en la subida propuesta por el gobierno: para un tiempo máximo de 30
meses, las cantidades son de 570 euros, los seis primeros meses, 540, los seis
meses siguientes y 480 euros, los 18 meses restantes. Sin embargo, lo que
realmente cobrarán será una cantidad proporcional a las horas trabajadas en los
últimos 180 días o periodo inferior que dieron paso a la prestación o al
subsidio. Para acceder al subsidio de desempleo se considera el tiempo de la
cotización a la seguridad social, que valora del mismo modo la jornada se
trabajen 4 horas u 8 horas, pero para la cantidad a cobrar se tendrán en cuenta
las horas realmente trabajadas.
En todo caso, se
trata de recortar el gasto en el desempleo y aumentar el ejército de
trabajadores puesto a disposición de los empresarios, lo que sin duda influirá
con carácter general en los salarios
Compatibilidad con
el trabajo por cuenta ajena
En el sentido
arriba indicado, van otras consideraciones de la reforma como las que se
refieren a la posibilidad de que quienes cobran prestaciones o subsidios puedan
compatibilizar su cobro con el trabajo por cuenta ajena, a tiempo parcial o
completo según prestación o subsidio, respectivamente. En estos casos, la
cantidad que cobren por esta ayuda social vendrá reducida en unos porcentajes
que se establecen en lo que denominan Complemento de Apoyo al Trabajo que es un
porcentaje de la prestación o del subsidio que vendrá determinado por una serie
de factores relacionados con el trimestre que corresponda al tiempo que se
lleva cobrando el subsidio y el tiempo de ocupación que conlleve el contrato de
trabajo por cuenta ajena. En todo caso, se trata de recortar el gasto en el
desempleo y aumentar el ejército de trabajadores puesto a disposición de los
empresarios, lo que sin duda influirá con carácter general en los salarios por
el incremento de la presión que ejercerá el aumento del ejército de parados.
Privatización del
servicio público de empleo
Como se indica en
los diferentes apartados del punto 17 del decreto gubernamental que aborda la
reforma, se alude de manera muy significativa a las agencias de colocación que
colaboren con los servicios públicos. Esto nos indica que el gobierno
profundiza en la “privatización” de los servicios públicos de empleo, ya que
las agencias privadas de colocación realizarán labores de intermediación
laboral al mismo nivel, intensidad y capacidad que la Agencia Estatal de Empleo.
Además, los trabajadores beneficiarios de prestaciones por desempleo estarán
obligados a participar en las actividades y programas que realicen estas
agencias privadas.
Incorporación al
subsidio de los menores de 45 años
Se introduce como
novedad la incorporación al subsidio de desempleo los menores de 45 años. No
obstante, para ello deberán haber cotizado a la seguridad social durante tres
años. Nos parece que si hubiera voluntad política por parte del equipo de
gobierno se habría facilitado el acceso al subsidio sin exigir tanto tiempo de
cotización a la seguridad social. Las condiciones de empleo en nuestra
comunidad y el tiempo exigido determinarán que muchas personas trabajadoras
tengan difícil el acceso a este subsidio.
Lo que
verdaderamente necesitamos la población trabajadora de este país y en concreto
la extremeña son medidas políticas orientadas a la creación de empleo y
generación de riqueza
Respecto a la
incorporación de los trabajadores agrarios eventuales
La ayuda se amplía
a los trabajadores agrarios temporales de fuera de Andalucía y Extremadura y a
los trabajadores transfronterizos que acuden a trabajar a diario a Ceuta y
Melilla. En el punto 15 del decreto se dice: “para tener derecho a las
prestaciones por desempleo reguladas en este título, los trabajadores por
cuenta ajena eventuales agrarios deberán reunir los requisitos establecidos en
el artículo 266 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social”.
Los requisitos para la incorporación no anulan el que resulta fundamental en el
caso de los trabajadores emigrantes que para acceder a estas ayudas sociales
deberán residir como mínimo 10 años en localidades del país. Lo cual hace
bastante inaccesible este requisito para los trabajadores inmigrantes.
Evaluación de la
reforma del sistema asistencial de desempleo.
En la disposición
adicional cuarta se indica que una vez transcurridos dos años desde la entrada
en vigor de este real decreto-ley, el Gobierno creará una comisión
interministerial para de evaluar los efectos de la reforma. Sin duda, el
carácter de esta comisión estará dirigida a seguir estableciendo recortes
presupuestarios pues no tiene otro sentido que en la misma se incluya al
Ministerio de Hacienda, además de los Ministerios de Trabajo y Economía Social,
de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, de Economía, Comercio y Empresa.
En conclusión, no
son necesarias este tipo de reformas que van contra las clases trabajadoras y
especialmente contra los sectores más desprotegidos que en estos momentos
concretos necesitan salarios y ayudas sociales más dignas que permitan un mayor
bienestar. En todo caso, lo que verdaderamente necesitamos la población
trabajadora de este país y en concreto la extremeña son medidas políticas
orientadas a la creación de empleo y generación de riqueza. En Extremadura es
fundamental una reforma agraria que transforme económica y socialmente nuestro
territorio y eleve el bienestar de nuestra población
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