LEGITIMIDAD EN ENTREDICHO
EN EL PEOR MOMENTO
JAVIER PÉREZ ROYO
La
reprobación por el Congreso de los Diputados es el equivalente de la sentencia
firme en el proceso penal. La primera destruye la presunción de legitimidad. La
segunda la presunción de inocencia. La primera es dictada por el único órgano
del Estado que tiene legitimación democrática directa y, por ello, es portador
en régimen de monopolio de la soberanía nacional/popular. La segunda por el
poder judicial que administra justicia con base en el principio de
exclusividad. Ambas exigen un proceso público y contradictorio en el que se
ejerce el derecho a la defensa con todas las garantías constitucionales. En la
primera a través de dicho proceso se acredita que el titular del poder público
lo ha ejercido de manera desviada, inhabilitándose con su conducta para seguir
ejerciéndolo. En la segunda se acredita que el ciudadano ha sido protagonista
de una conducta tipificada como delito y es condenado, en consecuencia, con el
castigo previsto en el Código Penal.
A
diferencia de lo que ocurre en el proceso penal, en el que no puede haber
condena firme sin que hayan intervenido dos instancias, en la reprobación
parlamentaria todo se produce en una sola instancia. La razón de que así sea es
muy sencilla. El poder judicial se ejerce a título individual, incluso cuando
se forma parte de un órgano colegiado y, en todo caso, en un proceso penal el
número de jueces que intervienen es una fracción minúscula de todos los jueces
y magistrados que integran el PODER Judicial. Dado que cada juez es
independiente en la interpretación de la ley, resulta inexcusable que el
justiciable tenga derecho a una segunda instancia, a fin de no quedar al albur
de la individualidad del juez que haya conocido de su conducta en primera
instancia. Sin segunda instancia no hay derecho a la tutela judicial efectiva
en el proceso penal.
Los
diputados que integran el Congreso no son titulares de poder alguno a título
individual. El poder del Congreso de los Diputados en el ejercicio de todas las
funciones parlamentarias, legislativa, presupuestaria y de control de la acción
de gobierno, que es en la que se encaja el instituto de la reprobación, se
ejerce siempre de manera colegiada. Participan en cada una de ellas todos los
parlamentarios que integran el órgano. Y además de manera simultánea. Su
decisión es, por tanto, global, única e inapelable.
La
decisión del Congreso de los Diputados es la máxima expresión de la legitimidad
democrática que cabe en el Estado Constitucional. Su autoridad es superior
incluso a la del poder judicial, dada su proximidad al principio de
legitimación democrática. En consecuencia, la reprobación de un Ministro o de
un Fiscal General del Estado aprobada por el Congreso de los Diputados tiene
que ser ejecutada de manera inmediata.
Una
vez que el Congreso de los Diputados ha acordado que un ministro o un fiscal
general, que inició su mandato con la legitimidad de origen que le transmitió
el presidente del Gobierno, que a su vez la recibió del Congreso de los Diputados
a través de la investidura, ha perdido dicha legitimidad como consecuencia de
un uso desviado del poder, ni el ministro ni el fiscal pueden permanecer ni un
minuto en su puesto. Es una exigencia del principio de legitimidad democrática,
que no admite excepción de ningún tipo.
Un
ministro reprobado o un fiscal general reprobado son delincuentes políticos,
son personas que con su conducta se han hecho indignos de ocupar el puesto para
el que habían sido designados. Una vez que ha sido acordado por el Congreso de
los Diputados, no hay nada que discutir. Se ejecuta la decisión y punto.
Esta
es la razón por la que en los gobiernos de las democracias no hay ministros ni
fiscales generales reprobados. Como dijo el Tribunal Constitucional en la STC
6/1981, el principio de legitimidad democrática “es la base de TODA nuestra
ordenación jurídico-política”. No hay ninguna manifestación de ejercicio del
poder público que pueda escapar la vigencia de este principio.
En
España, por el contrario sí los hay. Los ministros de Justicia y Hacienda y el
fiscal general del Estado han sido reprobados por el Congreso de los Diputados
y, además, lo han sido por mayorías aplastantes, lo que, jurídicamente no es
relevante, pero políticamente sí. El hecho de que fueran diputados de diversos
grupos parlamentarios los que integraran dicha mayoría no es irrelevante.
La
confirmación por el presidente del Gobierno de los ministros y del fiscal
reprobados supone un desprecio al principio de soberanía nacional/popular. Se
trata de un desprecio grave y más en el momento que estamos viviendo. ¿Con qué
credibilidad puede argumentar Mariano Rajoy que no se puede pactar la
celebración de un referéndum en Cataluña porque afecta a la soberanía nacional,
cuando él mantiene a dos ministros y a un fiscal general que han sido
reprobados por el órgano portador de dicha soberanía nacional?
Los
dos ministros y el fiscal general del Estado van a ser piezas decisivas en la
aplicación del artículo 155 CE. Si los tres han hecho un uso desviado del poder
en el pasado y en circunstancias menos difíciles, ¿cómo se puede confiar en que
no lo harán en el futuro en circunstancias mucho más complicadas?
Es
la propia legitimidad de presidente del Gobierno la que está en entredicho por
la confirmación de personas reprobadas. En el momento en que es necesario que
no existan dudas acerca de la legitimidad del Gobierno de la Nación, la
presencia de esos tres delincuentes políticos no hace más que acrecentarlas.
En
el caso de los señores Catalá y Maza hay algo más que decir. Su presencia al
frente del Ministerio de Justicia y de la Fiscalía General contamina el proceso
de administración de justicia en todo lo relativo al contencioso catalán. La
apariencia de justicia es un elemento constitutivo del derecho a la tutela
judicial efectiva. La justicia no solamente tiene que hacerse, sino que tiene
además que parecer que se hace. Esta apariencia se resiente inevitablemente con
la presencia de estos señores. Sin dicha presencia es difícil explicar las
actuaciones que han conducido al ingreso en prisión de los presidentes de ANC y
Òmnium. La falta de apariencia de justicia ha sido clamorosa.
Esto
no los convierte en “presos políticos”, pero deja en muy mal lugar a España
como Estado de Derecho.
Es,
además, un muy mal indicador para los tiempos tan difíciles que se avecinan.
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