viernes, 10 de enero de 2014

UNA IMPUTACIÓN INCÓMODA

UNA IMPUTACIÓN
 INCÓMODA

GERARDO PÉREZ SÁNCHEZ
Parece que, nueve meses después, estamos en el mismo punto. A principios de abril de 2013 se produjo la inusual noticia de que un juez de instrucción había procedido a imputar a la Infanta Cristina de Borbón. Por aquel entonces el juez Castro, en un auto de menos de veinte folios, apreciaba indicios de cooperación o complicidad de la hija del Rey en la causa que, por el denominado caso Nóos, se instruía por apropiación indebida de fondos públicos por parte de su esposo, Iñaki Urdangarin, y el ex socio de éste, Diego Torres. Posteriormente, la audiencia provincial de Balears, mediante una resolución judicial adoptada por mayoría de dos Magistrados a favor y uno discrepante, anuló la decisión inicial del citado juez Castro. La sala alegó que no existían "indicios vehementes" de que su alteza "conociera, se concertase, ni participase activa u omisivamente en el presunto plan criminal urdido por su marido y por su socio Diego Torres". Asimismo, insistían en que la conducta de doña Cristina como vocal del Instituto Nóos no merecía "reproche penal", al no vislumbrar su colaboración en una trama "tendente a cometer un fraude a la Administración". Igualmente, el tribunal recalcó que, con relación al presunto delito de tráfico de influencias, debería "haber ejercido presiones, directa o indirectamente, a través de la Casa Real, para influir decididamente en el órgano de contratación o en el funcionario que determinó la decisión de aquél", sin que se acreditara tal hecho.

Ahora, a principios de enero de 2014, el mismo juez, en esta ocasión en un auto de más de doscientos veinte folios, vuelve a imputar a la heredera en la línea de sucesión a la Corona, aunque en este caso por dos delitos, uno de blanqueo de capitales y otro fiscal. Y, aunque aparentemente parezca que nos hallamos en el mismo punto, en realidad no lo estamos. Existen numerosos elementos diferenciales. En primer lugar no hay que olvidar que la propia audiencia provincial, cuando anuló la primera imputación, dejó la puerta abierta a una imputación ulterior por un "posible delito contra la Hacienda pública y/o blanqueo de capitales". Además, esta nueva resolución está argumentada y fundamentada sobremanera. Su Señoría, habida cuenta que en su primer intento fue tachado de falta de motivación, dedica ahora cientos de folios a desmenuzar sus razones. De hecho, hasta llega a afirmar en un párrafo (recalcando lo obvio) que, con su decisión, "no cree hacer tambalear los pilares del Estado de Derecho, más bien todo lo contrario". Que un juez se vea obligado a realizar este tipo de manifestación para justificar la citación de una persona debería sonrojar a todos aquellos que están parapetando a la infanta Cristina detrás de unas tradiciones y unos privilegios para evitar que pase por una situación que cientos de ciudadanos soportan a diario. Pero, sobre todo, la variación más destacada es el contundente avance en los requisitos de transparencia e igualdad que la sociedad española ha ido exigiendo durante estos nueve meses. No procede, ni jurídica, ni ética, ni constitucionalmente, un nuevo retroceso en la reivindicación de ejemplaridad y respeto escrupuloso de las normas y de los principios básicos a los cargos públicos y los ciudadanos que gozan de una posición preeminente y que detentan una imagen institucional.
En cualquier procedimiento penal, la imputación surge porque existen indicios de que una persona ha cometido un hecho delictivo. Sólo se habla de "indicios", porque, si tras la pertinente labor de investigación, dichos indicios se convirtieran para el instructor en certezas, la persona pasaría de estar imputada a estar procesada. Tampoco se está hablando de pruebas fehacientes valoradas por el órgano sentenciador, ya que en ese caso la persona pasaría a estar condenada. Se trata exclusivamente de una fase inicial en la que al presunto responsable se le toma declaración con todas las garantías, a fin de aclarar cuestiones y seguir adelante con la investigación. Pero parece que al juez Castro se le quiere exigir que motive y justifique sus actuaciones como si, tras poner punto final a la citada investigación, fuese directamente a procesar o a condenar. Pues bien, no tiene por qué hacerlo. Si se les exigiese a todos los jueces de instrucción de este país el mismo grado de certeza, de motivación y de pruebas que al juez Castro en el caso Nóos, los juzgados se colapsarían. No obstante, si la tendencia va a ser ésta a partir de ahora, que lo sea, pero para todos los miles de imputados que hay en España a día de hoy. Cualquier otra opción sería obscena y contraria a nuestro modelo constitucional.

En el documental ganador de dos Oscar Una verdad incómoda se dice que "es difícil hacer que un hombre entienda algo si su salario depende de no entenderlo". No sé si son muchas las personas cuyo salario depende de que un miembro de la Familia Real no resulte imputado pero, escuchando a quienes se oponen a tal posibilidad, parece que así es y que nunca la entenderán por mucho que se les justifique. Sin duda estamos ante una imputación incómoda, pero necesaria para seguir siendo considerados un Estado de Derecho sin tener que agachar la cabeza.

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