POR QUÉ RECHAZAMOS EL ANTEPROYECTO DE LEY
DEL SUELO DE CANARIAS
Movimiento
Ciudadano
Salvar Canarias
El anteproyecto de Ley del Suelo de
Canarias viene a dar satisfacción a las exigencias de los grandes empresarios
del Archipiélago. No es casualidad que la cúpula del empresariado tinerfeño, a
instancias de la Cámara de Comercio y CEOE-Tenerife, constituyera el 4 de junio
de 2015 –19 días antes de la constitución del parlamento salido de las
elecciones del 24 de mayo– la que llamaron "plataforma para la defensa de
los grandes proyectos estratégicos".
Al día siguiente los periódicos de la
isla daban puntual noticia del evento, resaltando que la iniciativa llegaba en un
buen momento, "no sólo –decía, por ejemplo Diario de Avisos– porque las dificultades presupuestarias han
desaparecido, sino porque se está formando un nuevo Gobierno que tendrá una
nueva hoja de ruta".
El presidente de CEOE-Tenerife, José
Carlos Francisco, aprovechó para lanzar unos mensajes, que, en su opinión eran "de un
enorme calado". Destacamos dos de ellos: En primer lugar, "sobra
administración [...] La administración tiene que adaptarse y reducir sus
gastos". En segundo lugar, es "absolutamente necesario y urgente que
se simplifique la burocracia. No sé si esto se debe hacer o no eliminando la
Cotmat, esto no corresponde a nosotros decidirlo, pero lo que sí digo es que si
no hay una reorganización profunda será imposible invertir aquí o, lo que es
peor, habrá que esperar 15 años; y en ese tiempo se acaba el dinero, la gente
se cansa y se va a otro lado". […] "De lo que se trata no es de
saltarnos las leyes –continuó–, sino de agilizar la normativa para que los
proyectos no se eternicen y al final salgan, para poder crear empleo".
José Carlos Francisco no hacía más que
reiterar las que han sido dos de sus matraquillas habituales en los últimos
tiempos. En efecto, en unas declaraciones anteriores –también a Diario de Avisos– había dicho: "Lo
importante es que el Gobierno tenga claras dos cosas: ajustar la Administración
[…] y desregular, tirar abajo toda la
legislación que afecta al territorio y paraliza las inversiones y el
empleo". (Tiene una gran preocupación por el empleo este hombre.)
Pues bien, el Anteproyecto de Ley del Suelo
responde al pie de la letra a la segunda de estas exigencias. El Gobierno –seguramente
con todos sus integrantes en posición de saludo– se ha apresurado a dar cumplimiento a los
deseos de las patronales canarias, pues, naturalmente, la Confederación Canaria
de Empresarios de Las Palmas, aboga por los mismos objetivos. No extraña, pues,
que haya despertado gran complacencia entre los que denominan agentes sociales
e instituciones públicas, como la patronal tinerfeña de la construcción,
FEPECO, que la apoya al 100 % –dice la prensa–, o la Federación Canaria de Municipios
(FECAM), que también está entusiasmada.
Estos sectores parece que han sido oídos
en la tramitación del documento, de la que se ha excluido, por supuesto, a la
inmensa mayoría de la población, a la que ofrecen un exiguo periodo de
información pública y ningún procedimiento de participación ciudadana previo a
la elaboración del texto o durante su tramitación.
Desde la ciudadanía silenciada,
consideramos que el anteproyecto de Ley del Suelo:
-Quebranta el reparto de
competencias estatutarias, al renunciar la Comunidad Autónoma a sus
competencias exclusivas en materia de ordenación del territorio y medio
ambiente, a favor de los 88 municipios de Canarias y los 7 cabildos insulares.
La isla se convierte en unidad básica de planeamiento y los municipios en
unidad de ordenación urbanística.
Si con la ley
actual, dotada de mayores controles, Canarias era la cuarta comunidad autónoma
española con más casos judiciales por supuestos delitos urbanísticos, afectando
los casos de corrupción a más del 40% de los ayuntamientos (35 de los 88
existentes en el Archipiélago), imagínense lo que pasará con la nueva ley, que
convierte a los municipios en nuevos reinos de taifas en materia urbanística.
-Deroga el sistema de
planeamiento único, sostenible, moderno e inclusivo y lo sustituye por
otros instrumentos, como los proyectos singulares, tanto insulares como
autónomos, públicos o privados, basados en circunstancias sobrevenidas.
Estos proyectos serán un coladero para todo tipo de apetencias y posibles pelotazos político-empresariales,
amparados por la inseguridad jurídica que genera la nueva Ley, pero eso sí, con
grandes facilidades para la inversión y, sobre todo, para los beneficios de los
inversores (que es, aunque no se diga, el objetivo último de la reforma).
-Fomenta la corrupción,
al eliminar la prohibición expresa de que las Administraciones públicas
especulen con el territorio (art. 6.1.c del Texto Refundido vigente), impulsar
instrumentos de planeamiento para un fin determinado y eliminar el control de
legalidad que ejerce la actual COTMAC.
En el preámbulo del texto se especifica
que el nuevo modelo para tramitar planes implica que el control de legalidad previo
corresponda a "la Administración protomora del planeamiento y, en su caso,
a los tribunales de justicia". La judicialización de los planes y
proyectos estará a la orden del día.
-Fomenta la arbitrariedad
y discrecionalidad, mediante proyectos de interés insular o autonómico, que
permiten construir en cualquier tipo de suelo, con independencia del objetivo y
los fines del proyecto, que puede ser público o privado (arts. 124, 125, 126 y
127).
-Abandona el concepto de
modelo de ciudad sostenible. Así, la dotación mínima de 5 metros cuadrados
de espacios libres por habitante estará referida al ámbito espacial del plan en
su conjunto, pudiéndose computar los espacios naturales destinados al uso
público y las playas urbanas (art. 138.2).
En el suelo urbano consolidado (ciudad
antigua) se deja abierta la posibilidad de crecimiento edificatorio sin límites.
-Liberaliza el uso del
suelo, a través de usos y obras provisionales no previstas en el
planeamiento en cualquier clase de suelo (art. 33) y para uso y actividades no
expresamente previstos ni prohibidos por el planeamiento (art. 64).
-Fomenta las modificaciones
puntuales del planeamiento con la reducción al mínimo de las causas que
darían lugar a una modificación sustancial de los instrumentos de ordenación,
derivando el resto a modificaciones menores puntuales. Estas modificaciones
podrán variar tanto la clase como la categoría del suelo y ser posibles en
cualquier momento, salvo algunas pocas excepciones (art.165). Habrá, pues,
menos trámites, más modificaciones puntuales y casi ningún control. Se
comprende por qué los constructores apoyan la nueva ley al 100 %.
-El reforzamiento del
suelo rústico, que dice promover es más aparente que real. El Preámbulo y
el art. 34.3 del anteproyecto establecen como criterio básico que el suelo no
clasificado como urbano o urbanizable sea en todo caso rústico. Pero si
partimos de la realidad territorial, con 50 millones de m2 o más de suelo
urbanizable sin desarrollar, el criterio establecido se vuelve inoperante, si
la Ley no establece un régimen imperativo para la reclasificación a rústico de
dicho suelo.
Y si dentro del
rústico el suelo se clasifica de rústico común, es decir, como reserva de suelo
para necesidades futuras, la modificación legal servirá, en el mejor de los
casos, para evitar que los ciudadanos afectados paguen el Impuesto de Bienes
Inmuebles, más que como política de defensa del suelo agrario.
Además, la nueva Ley fomenta que el suelo rústico pueda
ser usado para otra serie de actividades que nada tienen que ver con el sector
agrario. Entre ellas, usos deportivos, de ocio y científicos (art. 61.11); usos
complementarios, como producción de energías renovables, turísticas, etcétera,
y usos residenciales, industriales y de equipamiento y servicios, siempre que
sean de interés público o social (art. 63). En definitiva, en suelo rústico
habrá cada vez menos uso agrario y más usos ajenos a éste.
Podríamos
seguir enumerando aspectos rechazables del anteproyecto de Ley del Suelo; pero
son 408 artículos, 15 disposiciones adicionales, 23 transitorias, 1 derogatoria
y 7 finales. La exposición se haría interminable. Creemos que con lo expuesto
se tendrá una idea clara de que esta ley no es para proteger y ordenar el uso
del territorio, sino para propiciar negocios con el territorio.
Mercantilizarlo, en una palabra, si la ciudadanía organizada no lo impide. Este
es el principal objetivo del Movimiento Ciudadano Salvar Canarias, a quien
invitamos a unirse a todas las personas que estén de verdad por la defensa de
nuestra tierra.
Santa Cruz de Tenerife, 1 de abril de 2016
Movimiento Ciudadano Salvar Canarias
No hay comentarios:
Publicar un comentario