LA INSOPORTABLE LEVEDAD DEL
TRIBUNAL DEL DEPORTE
JOSÉ
ANTONIO MARTÍN PALLÍN
Parece que en nuestro país la única ley que no es interpretada a capricho por algunos órganos encargados de aplicarla es la ley de la gravedad. Esta reflexión me trae a la memoria una viñeta del genial Chumy Chúmez en la que aparecía un ahorcado pendiendo verticalmente de la soga. En el texto se decía: “He aquí un curioso caso en el que la ley de la gravedad coincide con la gravedad de la ley”. A propósito de todo lo que se está comentando en torno al comportamiento del presidente de la Real Federación Española de Fútbol en la final del Mundial de fútbol femenino ganada por la Selección española, resulta de rabiosa actualidad un programa de televisión en el que colaboraba el humorista, titulado: “Este país necesita un repaso”.
Rubiales, cuya
zafiedad y machismo eran notoriamente conocidos en el mundo deportivo en el que
se movía, se comportó, como era de esperar dados sus antecedentes, de una
manera que lo descalifica para ostentar cualquier cargo público. Sus
vergonzosos gestos ante la mirada de espectadores de todo el mundo que estaban
viendo la final y la entrega de medallas están siendo objeto de atención y
crítica por los grandes medios de comunicación internacionales. Irene Lozano,
expresidenta del Consejo Superior de Deportes, lo ha retratado certeramente al
difundir el incidente que tuvieron en una reunión en su despacho. Comparto su
juicio crítico sobre el personaje: “Carecía de las habilidades personales y
profesionales necesarias, además de mostrar una inflexibilidad y otras
carencias esenciales para liderar una federación de tal envergadura”. No se
puede decir más finamente. En otro país el autor de un hecho semejante hubiera
presentado inmediatamente la dimisión.
Existe un voto
discordante del presidente, que pone de relieve el despropósito de la decisión
Han tenido que ser
los órganos gubernamentales los que soliciten ante el Tribunal Administrativo
del Deporte (en lo sucesivo TAD) su suspensión cautelar y su inhabilitación. La
denegación de esta medida y sus razonamientos han sorprendido a gran parte de
la opinión pública. Han decidido por mayoría que todo lo acontecido se reduce a
una infracción “grave”, y no “muy grave”, por lo que no cabe la suspensión
cautelar. Existe un voto discordante del presidente, que pone de relieve el
despropósito de la decisión. Para que el lector forme, con conocimiento de
causa, su opinión conviene comenzar por el examen del contenido de la Ley del
Deporte.
La Ley del Deporte
lleva fecha de 30 de diciembre de 2022 y entró en vigor el 1 de enero de 2023.
Va precedida de una larga exposición de motivos en la que proclama que el
deporte de alto nivel y la representación del deporte español son cuestiones de
interés público por la destacada proyección de España a nivel internacional.
Además, tiene su reflejo no solo a nivel deportivo sino en muchos otros
sectores de la economía que favorecen el crecimiento del Estado. Por supuesto
una ley que impone una serie de derechos y obligaciones a una o varias personas
debe contar con un adecuado régimen sancionador que haga cumplir lo contenido
en esta norma. El procedimiento sancionador debe regirse por los principios de
tipicidad, responsabilidad, proporcionalidad, audiencia y demás elementos que
conforman los principios generales del derecho sancionador. La ley también
establece un mecanismo preventivo para favorecer la transparencia y
ejemplaridad en la gestión del deporte, a través del código de buena conducta
para los dirigentes.
Para disipar
cualquier duda, el artículo 1 establece que corresponde a la Administración
general del Estado la representación del deporte español y la supervisión
pública del sector en aquellos aspectos que se consideran de interés general
para el Estado. Incluye en su articulado el respeto a la integridad, dignidad,
intimidad personal y libertad de expresión, en el libre desarrollo de su
personalidad de las personas deportistas. También se establece que las medidas
cautelares deberán respetar el principio de proporcionalidad.
Considera como
infracciones muy graves los actos notorios y públicos que atenten a la dignidad
o decoro deportivos, y contempla como sanciones para estos hechos la pena de
multa no superior a 30.000 €, la inhabilitación para ocupar cargos de la
entidad deportiva por un plazo de 2 a 15 años, en adecuada proporción a la
infracción cometida Asimismo, se sancionan específicamente las conductas de las
personas que ostentan la presidencia y otros miembros directivos o de control
de los órganos de las federaciones deportivas españolas que se contienen en el
catálogo de infracciones muy graves. Establece que su investigación y sanción
corresponde al TAD a instancias del Consejo Superior de Deportes y de su
comisión directiva.
El comportamiento
de este personaje y su chulesca justificación en una Asamblea nos sitúa en un
nivel de degradación en la estima internacional que no nos merecemos
A la vista de lo
acontecido, no se comprende el motivo por el que el TAD no considera como “muy
grave” el comportamiento del presidente de la Federación Española de Fútbol en
el palco, que se llevó la mano a los genitales en una demostración del más
seboso y rancio machismo. Es cierto que se ha centrado la atención en el beso
en la boca a una jugadora porque, sin lugar a dudas, resulta una acción a todas
luces vejatoria y más en el escenario donde se estaban entregando las medallas
a las demás futbolistas que no sufrieron esta agresión intolerable. Señoras y
señores del TAD, recapaciten; lo que han hecho es muy grave.
Los componentes del
TAD, en su mayoría abogados del Estado, deberían conocer que en nuestro
ordenamiento jurídico la gravedad de determinados hechos se mide sobre todo por
su publicidad y trascendencia. El comportamiento posterior de este personaje y
su chulesca justificación en una Asamblea, en la que la aprobación entusiasta
de una parte importante de sus asistentes es un reflejo del fango en el que
está envuelto el fútbol español, nos sitúa ante los atónitos espectadores del
aquelarre, en un nivel de degradación en la estima internacional que no nos
merecemos. Para que nadie tuviese dudas sobre su bagaje intelectual y político
cargó las culpas de su “asesinato social” sobre lo que considera como “falso
feminismo”, alineándose con las posiciones de la derecha extrema que, envuelta
en sus andrajos mentales, suprime las políticas de igualdad por estereotipos
anclados en las épocas del derecho romano.
La ultraderecha,
donde quiera que ha llegado a gobernar con el beneplácito del Partido Popular,
ha eliminado las consejerías o concejalías de Igualdad. En algunos lugares
conservan la denominación, pero la engloban despreciativamente con la de
Fiestas, Turismo, Mayores o Familia. La ignorancia y el desprecio a lo que ha
significado, en gran parte del mundo, el movimiento feminista debe cargarse en
la cuenta de los que desde la instauración de la democracia han apostado por la
escuela privada o concertada, relegando la enseñanza pública a un papel
secundario. Ignorar lo que ha significado el feminismo en su lucha por el
derecho al voto y la igualdad y no discriminación por razón de sexo supone una grave
carencia que impide que nuestra democracia alcance los niveles de libertades y
derechos que las mujeres disfrutan en otros países y por las que estamos
luchando gracias a los gobiernos de coalición progresista. Si en su
obnubilación mental se cree víctima de un asesinato social, ya sabe que tiene
instrumentos legales para defenderse. Permítame, humildemente, que le aconseje
sobre su posible decisión futura. Saque de su guardarropa su personal sentido
del patriotismo y piense en la respetabilidad internacional de nuestro país. Su
dimisión nos ahorraría la vergüenza de que sean los organismos internacionales
los que le destituyan.
Parece que en
nuestro país la única ley que no es interpretada a capricho por algunos órganos
encargados de aplicarla es la ley de la gravedad. Esta reflexión me trae a la
memoria una viñeta del genial Chumy Chúmez en la que aparecía un ahorcado
pendiendo verticalmente de la soga. En el texto se decía:...
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