viernes, 7 de septiembre de 2018

LA DEFENSA DE LLARENA QUE HACE EL COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID


LA DEFENSA DE LLARENA QUE HACE EL COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID
DANIEL AMELANG LÓPEZ
En todo conflicto jurídico siempre van a intervenir, por definición, abogadas y abogados. Imagínense una pelea de bar en la que dos tipos, bajo la influencia del alcohol, acaban a puñetazos tras una discusión futbolística. A la mañana, ambos amanecen, resacosos (como no podía ser de otra manera), en el calabozo de la comisaría más cercana. Un abogado tendrá que defender a uno (llamémosle el madridista) y otro tendrá que defender al otro (el del Barça).

Ambos abogados se merecen el mismo grado de respeto. Uno será mejor profesional que otro, o más listo, o hablará mejor en público; uno posiblemente tendrá más razón que otro en el caso que nos ocupa (“tu defendido empezó la pelea, el mío sólo se estaba defendiendo”), pero la independencia de los dos profesionales deberá permanecer intacta. Y el deber del Colegio de Abogados es defender los derechos, la reputación y la integridad de los dos colegiados.


Las personas que integran el Colegio podrán estar más o menos de acuerdo con las manifestaciones que hagan ambos compañeros respecto de los jueces y fiscales que intervengan en su caso, podrán discrepar en lo personal con la estrategia que empleen los letrados y podrán – en secreto – desear que uno de los dos gane el pleito; pero no la institución.

El Colegio de Abogados al que se encuentran adscritos quienes asisten a los detenidos por la pelea no puede pronunciarse “a favor del abogado del madridista porque el que defiende al culé no tiene razón”, ni puede emitir un comunicado diciendo que “la estrategia de la defensa del fanático del  Real Madrid es errónea”. Hacerlo supondría dinamitar la imparcialidad que caracteriza a la institución.

Tampoco puede asimilar al letrado con su cliente, pues es perfectamente conocedor que los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados, aprobados en el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, establecen en su garantía 18ª que “los abogados no serán identificados con sus clientes ni con las causas de sus clientes como consecuencia del desempeño de sus funciones”. Por ello, un hipotético comunicado manifestando que “el abogado del detenido madridista seguro que también es vikingo, como su patrocinado” estaría absolutamente fuera de lugar.

Por todo esto, resulta completamente incomprensible que el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) haya publicado hace dos días su “Comunicado del Decano del ICAM relativo a la demanda presentada en un Juzgado de Bélgica contra el magistrado D. Pablo Llarena”. En este comunicado, Jose M.ª Alonso, el Decano de mi Colegio, asegura que hace suyas las tesis del Poder Judicial y del Gobierno respecto de la demanda civil interpuesta en Bélgica contra el magistrado instructor de la causa catalana “en defensa de las actuaciones desarrolladas por D. Pablo Llarena en el ejercicio de la función jurisdiccional”. “Tengo el pleno convencimiento de que D. Pablo Llarena es un magistrado, además de inamovible y responsable, independiente, estando por ello sometido en cualquier procedimiento únicamente al imperio de la ley, al igual que el resto de miembros de la carrera judicial”, termina el escrito.

El Decano es absolutamente consciente de que en este procedimiento están interviniendo abogados de Madrid y Barcelona (además de belgas y de más nacionalidades). Al menos uno, Gonzalo Boyé, forma parte de su mismo Colegio. ¿Cómo puede, pues, pronunciarse públicamente respecto del litigio en el que participa un compañero?

En un acertado comunicado titulado “Jose M.ª Alonso defiende a los jueces y se olvida de los abogados”, la Asociación Libre de Abogadas y Abogados (ALA) le reprocha al Decano su intervención de la siguiente manera:

“La pregunta es ¿por qué el decano decide intervenir en el crispado debate político sobre esta cuestión? Se trata de una demanda civil presentada por ciudadanos ante un Tribunal de un Estado de la Unión Europea en el ejercicio de sus derechos, entre ellos el de defensa, en el cual están incluidas las estrategias de defensa que cada ciudadano/a pueda considerar convenientes a sus intereses y que deberán ser validadas o desestimadas por un Tribunal. No hay, por tanto, razón alguna para que el decano del ICAM tenga que opinar sobre demandas pendientes de enjuiciamiento y cuya defensa está encomendada a abogados/as del ICAM y del ICAB. […] Y para ello además no ha dudado en hacer uso de los medios personales y técnicos del Colegio de Abogados, para expresar una opinión que excede de lo personal, al emitirla en su cargo como decano, y la consiguiente representación de toda la abogacía adscrita a este Colegio”.

El Decano goza de plena libertad para opinar lo que quiera acerca de la estrategia adoptada por nuestros compañeros y, si tiene razón, la demanda deberá terminar por ser desestimada en los tribunales. Lo que no puede hacer es oficializar e institucionalizar sus opiniones desde el órgano que vela por los intereses de todos los letrados madrileños, pues de esta manera logra exactamente lo contrario del que debería ser su cometido, que no es otro que garantizar el derecho de defensa. Se trata de un disparo por fuego amigo que nos perjudica a todas.

Por su parte, el abogado Gonzalo Boyé (al igual que los compañeros belgas Paul Bekaert, Michèle Hirsch y Christophe Marchand) ha sufrido toda una oleada de insultos, o, como lo ha expresado la asociación de Abogados Europeos Demócratas en un comunicado, “manifestaciones de odio y declaraciones difamatorias atacando su reputación y la independencia con la que deben ejercer su profesión. Amenazas contra su integridad física han sido igualmente proferidas”. El comunicado de los compañeros y compañeras europeas concluye que “el derecho de defensa no sólo se garantiza mediante la presencia de un abogado sino, también y especialmente, a través de su libre elección y la garantía de que podrá ejercer su misión sin ser amenazado”.

En Derecho, y sobre todo en su rama Penal, el derecho de defensa, en toda su amplitud, es algo sagrado. No defendemos inocentes ni culpables, defendemos personas acusadas y nos erigimos en la salvaguarda de que las personas tengan un juicio justo. Cuando ejercemos la defensa no estamos defendiendo lo que la persona haya – o no haya – hecho. Con independencia de que nos caiga bien o mal, de que nos guste lo que haya hecho o no, defendemos sus derechos, que son nuestros derechos.

Identificar a un abogado con algunos de los muchos clientes a los que ha defendido, supone un ataque furibundo al compañero que lo sufre y a toda la profesión de la abogacía. Por ello, Gonzalo decidió solicitar amparo al ICAM para que le defendiera de estas agresiones. Esperemos que se lo otorguen.
 


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