LEY DE CONTRATO ÚNICO: EL MEJOR REGALO DE C´S PARA LAS EMPRESAS
LIVINGSTONE85
Hoy
se ha publicado la proposición de ley de C´s para la implementación de un
contrato único que conllevará, en caso de despido no disciplinario, una
indemnización única de 20 días por año trabajado para cualquier trabajador (si
el despido es disciplinario, no se cobra indemnización, lo cual siempre ha sido
así).
La
medida de C´s permitirá a las empresas ahorrarse cientos de millones en
indemnizaciones y supone un duro golpe a los trabajadores. Un golpe de una
intensidad que no se recordaba desde la reforma laboral de 2012, y que paso a
explicaros a la luz de la actual legislación laboral.
Estos
son los principales tipos de contratos que existen hoy, y las indemnizaciones
que llevan aparejadas:
-Contrato
indefinido: la indemnización depende de si tu despido es o no por causas
objetivas (es decir, por pérdidas económicas de la empresa o por causas
productivas u organizativas que hagan innecesario tu puesto de trabajo debido,
por ejemplo, a una bajada importante de pedidos que obliga a reducir la
plantilla).
Si
tu despido es por causas objetivas, cobrarás 20 días por año trabajado.
Si
no lo es, se considerará improcedente, y cobrarás una indemnización de 45 días
por cada año trabajado antes de febrero de 2012 (fecha de entrada en vigor de
la reforma laboral) y de 33 días por cada año trabajado después de esa fecha.
Así, si tienes una antigüedad de 2009, generas 45 días por 2009, 2010, 2011...y
a partir de febrero de 2012. generas 33 días.
-Contrato
eventual por circunstancias de la producción y contrato por obra o servicio
determinado. Son los llamados contratos basura. Tienen naturaleza temporal y,
en el caso de los contratos eventuales, se realizan para hacer frente a picos
de la actividad normal de la empresa (verano en un bar de playa). En el
supuesto de los contratos por obra o servicio, se hacen para cubrir servicios
diferentes de la actividad normal de la empresa, que esta precisa puntualmente
en un determinado momento (por ejemplo, contratar a un informático para que
instale el software de un despacho de abogados y, cuando acabe, se marche).
Estos
contratos temporales tienen una indemnización de 12 días por año y (esto es MUY
IMPORTANTE) tienen una duración muy limitada. En el caso de los eventuales, 6
meses (prorrogable a 1 año por convenio colectivo). En el caso de los contratos
por obra o servicio, 3 años, ampliable a 4 por convenio colectivo). Una vez
pasados esos límites, te vuelves indefinido.
-Contratos
en prácticas. Tienen una duración máxima de 3 años y se hacen para que gente
recién salida de la universidad o FP inicien su actividad laboral. No dan
derecho a indemnización.
Pues
bien, el argumentario de ciudadanos es que su medida hace una partición
salomónica: entre los 33-45 días de los indefinidos, los 12 días de los
eventuales y los 0 días de la gente en prácticas, hacemos una media y sacamos
20 días. Así los más precarios ven aumentada su indemnización a costa de que
los estables la vean reducida. Pues bien, el perjuicio que se causa al grueso
de los trabajadores será atroz, y el beneficio que a cambio obtendrán los
precarios, nimio.
Como
os he dicho, un eventual no puede estar contratado más de 6 meses, y un
contratado en prácticas, no más de 3 años (en cuanto pasan esas cifras, se
vuelven indefinidos). Por ello, sus indemnizaciones son exiguas, ya que se
calculan con base en la antigüedad. De este modo, el beneficio que obtienen con
base en el contrato único es irrisorio.
Por
el contrario, los indefinidos suelen gozar de antigüedades inmensas, de 10, 20
o 30 años. A ellos, la bajada de 33-45 a 20 días les supone un pastizal. Un
pastizal que se ahorrarán las empresas. A modo de ejemplo, si llevas 15 años en
una empresa y tu salario bruto son 1000 euros, con la actual regulación
cobrarías 21394.52 euros de indemnización, y con la de C´S, 10520.55 euros.
Podéis sacar el cálculo aquí www.poderjudicial.es/cgpj/es/Servicios/Utilidades/Calculo-de-indemniza
Aparte,
los contratos temporales en España suponen un 26.8% del total. El resto (73.2%)
son indefinidos, que ven reducidas sus indemnizaciones a prácticamente la mitad
gracias a la maravillosa idea de C´s. El IBEX se lo agradecerá (como ya se lo
está agradeciendo) eternamente.
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