RELIGIÓN, INCONGRUENCIA Y NEOLIBERALISMO EN TORNO A TINDAYA
A. JOSÉ FARRUJIA DE LA ROSA
“Las tiranías fomentan
la estupidez”
Jorge Luis Borges
Existe
una herencia colonial, presente en las Islas Canarias, que se manifiesta en
parcelas muy dispares: políticas, socio-ecomónicas y patrimoniales. Centrándome
en esta última, me gustaría reflexionar sobre los absurdos del “caso Tindaya”,
a tenor de los últimos acontecimientos.
Imagínense,
por un momento, que se aprobara un decreto para proteger, por ejemplo, una
iglesia canaria. Un decreto por el que se decidieran salvaguardar, únicamente,
los artesonados mudéjares, que ocupan la cota más alta del templo, las
techumbres.
¿Ustedes
se imaginan que ese decreto pudiera dejar fuera de protección el altar mayor,
las vidrieras, el órgano del siglo XIX, el púlpito o los retablos con que
cuenta la iglesia? … Absurdo, ¿verdad? Básicamente porque la iglesia es un
templo cristiano. Se trata de la edificación donde se desarrollan servicios
religiosos públicos y se presentan imágenes o reliquias que son adoradas por
los fieles, y por eso se protege el inmueble en su totalidad y todos los bienes
que atesora en su interior. Y no sólo el artesonado mudéjar.
Obviamente,
tampoco tendría sentido albergar en el interior de la iglesia un proyecto
escultórico de Chillida, de carácter laico. La iglesia es lo que es por sus
valores históricos y religiosos. Y también porque forma parte del discurso
oficial del poder, pues el Estado español tiene carácter de aconfesional y su
legislación prevé positivamente el hecho religioso, especialmente el
catolicismo.
En
base a estas premisas, igual de absurdo es el Decreto 108/2014, de 13 de
noviembre, por el
que se declara
la delimitación del
Bien de Interés
Cultural de la Montaña de Tindaya, con categoría de Zona Arqueológica.
Con este Decreto sólo se protege la zona de la cumbre, en donde se concentran
los más de 300 podomorfos o pies grabados en la superficie de la roca que
atesora este yacimiento arqueológico.
¿Puede
protegerse sólo la cumbre de este enclave, de esta montaña sagrada para los
antiguos habitantes de Fuerteventura? ¿Pueden dejarse fuera de protección las
estructuras arqueológicas (casi arrasadas) que están repartidas a cotas
inferiores de la montaña, o todo el material arqueológico del llano inmediato?
La
Montaña de Tindaya fue un templo para los antiguos habitantes de Fuerteventura,
desde su base a su cima. La Montaña de Tindaya tiene valores geológicos y
arqueológicos que le confieren un carácter sagrado, mágico y religioso. En las
sociedades bereberes (imazighen), tanto de Canarias como del norte de África,
se grababan pies en los paneles rupestres para sacralizar el lugar. Esta
práctica, en cierto sentido, recuerda a la costumbre de la cruz que cristianiza
determinados espacios en la era cristiana. En el caso de la sociedad indígena,
los podomorfos se grababan para sacralizar y no se ejecutaban en cualquier
sitio, sino en lugares relevantes.
Actualmente,
la Montaña de Tindaya es Bien de Interés Cultural (BIC) y Monumento Natural. La
declaración del BIC debe extenderse, por tanto, a toda la montaña, e impedir la
ejecución del proyecto de Chillida en su seno.
Esto no es una cuestión de credo, dogma o fe, es una cuestión de sentido
común, respeto y, sobre todo, de normativa legal. La Ley 4/1999 de Patrimonio
Histórico de Canarias debe ser equitativa con el tratamiento dado al
patrimonio, a los BIC, indistintamente de cuál sea su etapa histórica y de las
creencias religiosas con que se asocien.
A
este cúmulo de absurdos sobre los que venimos hablando, se suma la propuesta
del Grupo Parlamentario Nacionalista Canario, con fecha de 21 de febrero de
2017, por la que insta al Gobierno de Canarias a “tramitar la inclusión de la
Montaña de Tindaya en la Lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO, incluyendo
la realización del Proyecto artístico ideado por Eduardo Chillida“. Acaso el
referido grupo parlamentario olvida, o hace caso omiso, entre otros aspectos,
de varias cuestiones claves que estipula la propia UNESCO y que entran en seria
contradicción con la propia naturaleza de la obra ideada por el artista vasco.
El proyecto de Eduardo Chillida no constituye la manifestación de un
intercambio considerable de valores humanos durante un período cronológico
determinado y en un área cultural específica. El proyecto de Eduardo Chillida
no aporta un testimonio excepcional de una tradición cultural desaparecida. El
proyecto de Eduardo Chillida sería una creación ex novo y, por tanto, no
ilustra una etapa significativa de la historia de la humanidad. Y sobre todo,
el proyecto de Eduardo Chillida vulnera un enclave representativo de una
cultura indígena desaparecida y, además, generaría un impacto medioambiental y
patrimonial irreversible. En suma, el proyecto escultórico de Chillida incumple
con muchos de los preceptos básicos necesarios para que un enclave o bien sea
declarado Patrimonio Mundial.
La
herencia colonial, la especulación, el neoliberalismo, los intereses económicos
y la mediocridad, son las notas dominantes en las maniobras políticas con la
Montaña de Tindaya. Pero los frentes siguen abiertos por la defensa del gran
templo de los antiguos habitantes de Fuerteventura, un templo que deseamos sea
declarado Patrimonio Mundial de la Humanidad, aunque sin el proyecto de
atentado medioambiental y patrimonial ideado por Chillida y secundado por
determinadas tiranías locales.
A. José Farrujia de la Rosa