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sábado, 9 de octubre de 2021

LA POLICÍA SIEMPRE TIENE RAZÓN Y SI NO, LA JUSTICIA SE LA DA

 

LA POLICÍA SIEMPRE TIENE RAZÓN Y SI 

NO, LA JUSTICIA SE LA DA

JOAQUÍN URIAS

Profesor de Derecho Constitucional, exletrado

del Tribunal Constitucional

El ex secretario de Organización y diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez a su salida del Tribunal Supremo donde ha acudido para declarar como investigado por una presunta agresión a un policía, en Madrid, (España), a 21 de septiembre de 2021.- EUROPA PRESS

Un activista social acaba de ser condenado por un delito de atentado a agentes de la autoridad por darle una patada a un policía antidisturbios. La única prueba para esa condena es la declaración del policía afectado que se limitó a decir que la patada fue voluntaria y que se la propinó el acusado, sin dar más detalles.

 

Se trataría, desgraciadamente, de algo demasiado frecuente en nuestro país de no ser por dos circunstancias: quien dicta la condena es el Tribunal Supremo; el acusado es actualmente un conocido político y diputado. No son detalles intrascendentes. Que la sentencia sea del Supremo supone que todos los jueces de España se vean desde hoy legitimados para condenar a otros activistas en circunstancias similares. Que el condenado sea diputado va a suscitar públicamente dudas sobre posibles motivaciones políticas de la decisión.

 

Desde el punto de vista estrictamente jurídico la Sentencia daña de manera grave el derecho fundamental a la presunción de inocencia. No se trata de que una persona no pueda ser condenada sólo con el testimonio de la víctima del delito. Si así fuera muchos delitos especialmente graves como son, sobre todo, los que van contra la libertad sexual y se producen en la intimidad, quedarían impunes. La Constitución permite condenadas basadas sólo en la declaración de quien sufre un delito, pero esa declaración debe tener una calidad que no tiene en esta ocasión.

 

El policía, que declara seis años después del incidente, solo dice que Alberto Rodríguez -que es el político condenado- le propinó una patada. Ningún detalle da acerca de cómo fue la agresión, ni en que posición estaban ni de qué manera lo atacó. Ni siquiera explica porqué sabe que fue voluntaria. Por no demostrar, ni siquiera es capaz de demostrar que efectivamente recibiera una patada. Los médicos que lo atendieron no apreciaron ninguna lesión y se limitaron a indicar lo que el agente le contó. Otro policía que compareció en el juicio, jefe del anterior, dice que no sólo no vio la patada sino que ni siquiera vio al acusado en los incidentes que presenció.

 

Con estos datos resulta absolutamente evidente que si la víctima no hubiera sido un policía, el activista nunca habría sido condenado. Jamás, en ninguna circunstancia, el Tribunal Supremo habría condenado a nadie con esta evidente falta de pruebas si quien acusa es un ciudadano cualquiera. Más aún, no cabe ni la más mínima duda de que si el acusado de agresión hubiera sido un policía y el denunciante un activista, o veinte activistas, ni siquiera habría habido juicio. Este mismo Tribunal Supremo no ve necesario investigar las torturas en los casos en que una persona bajo custodia policial sufre graves maltratos certificados médicamente. Ello ha llevado ya a una decena de sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Sin embargo, cuando es al contrario a estos jueces no les vacila la mano condenando a un activista con la sola y vaga afirmación de un policía sobre unos hechos muy poco relevantes en su carrera ocurridos hace seis años.

 

Técnicamente no existe nada parecido a la presunción de veracidad de la policía. Sería una forma de dar carta blanca a quienes como titulares del monopolio de la fuerza legítima más riesgo tienen de cometer excesos. Sin embargo, en esta sentencia el Tribunal Supremo español aplica algo muy parecido a esta presunción. Despreciando lo genérico de la acusación policial, el Tribunal se permite reprochar al acusado que se limite a negar los hechos dando a entender que le corresponde a él demostrar que lo que dice el agente es falso. El mensaje que traslada a toda la judicatura española es que cuando acuse un agente de la autoridad se invierte la carga de la prueba y los acusados deben demostrar su inocencia. Viene así a colocar a la Policía por encima de la Constitución, nada menos.

 

Se hace evidente que tenemos una justicia complaciente con la Policía, que ha olvidado su papel de garante de la ley. Los magistrados del Tribunal Supremo, los mismos que se envuelven en la bandera del españolismo y la Constitución cuando se trata de perseguir a políticos independentistas, actúan ahora como auténticos mamporreros de las fuerzas de seguridad. Transmiten sin pudor un mensaje claro e inquietante: los excesos de la Policía no se van a juzgar y las acusaciones de la Policía van a ser siempre verdad.

 

No conozco la ideología de estos jueces del Supremo, aunque en su mayoría hayan sido nombrados a dedo por el Partido Popular a través de sus representantes en el CGPJ. Sea la que sea parece que pasa por la idea tan poco democrática de que la Policía debe gozar de plenos poderes y siempre tendrá razón. Si algún responsable hay de que no tengamos una Policía democrática sin duda es el Tribunal Supremo que al ampararla en sus excesos la empuja hacia el abismo de la impunidad.

 

Es difícil demostrar que, más allá de la confianza ciega en todo lo que haga la Policía, en la sentencia ha influido que el acusado sea un alto cargo de Podemos, la bestia negra de la mayoría de jueces españoles, tal y como ellos mismos se encargan de hacer público en sus redes sociales. Sin embargo, lo cierto es que una sentencia técnicamente tan endeble y claramente contraria al principio de presunción de inocencia -como reconocen incluso dos magistrados de la Sala en su voto particular- tiene un efecto directo irreparable: el acusado pierde su escaño en el Congreso de los Diputados.

 

Es imposible resistirse a pensar que tanto como el afán de dar siempre la razón a la Policía en la decisión pueda haber influido la voluntad de dañar al partido político más opuesto a la ideología mayoritaria en esa Sala del Tribunal Supremo. Si los magistrados de nuestro más alto tribunal de justicia no fueran elegidos discrecionalmente por un órgano controlado por un partido político -el Partido Popular- se disiparían las sospechas de que es una sentencia política. Si además el Tribunal hubiera respetado la presunción de inocencia no afirmaríamos que es una sentencia claramente inconstitucional.

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