CONFESAR ES DE 'LOSERS'
ALFONSO PÉREZ MEDINA
Lo dicen en privado
muchos abogados penalistas y el caso Máster les da la razón. Nunca hay que
declarar hasta que no sepas exactamente de qué te acusan y cuando lo sepas
tienes dos opciones: negarlo todo y asociar tu suerte a la de otros imputados
que puedan estar en una situación de privilegio o, si los indicios de delito
son incontestables, reconocer lo mínimo y buscar un buen acuerdo de conformidad
con la Fiscalía.
El archivo en el
Tribunal Supremo del caso Máster para Pablo Casado, con la consideración de que
el líder de la oposición pudo recibir "un trato de favor" de la
Universidad Rey Juan Carlos que en todo caso no sería delito, deja varias
lecciones y todas son desasosegantes para los ciudadanos normales, aquellos a
los que nadie va a buscar a casa para regalarles un título universitario.
La primera es que
no todas las imputaciones son iguales. Los indicios de delito que llevaron a
declarar como investigadas a Alida Mas Taberner, María Dolores Cancio y María
Mateo Feito -las otras alumnas vip, junto al líder de la oposición, del
Instituto de Derecho Público de la Universidad Rey Juan Carlos- no son más que
"sospechas y conjeturas" de la jueza instructora, Carmen Rodriguez
Medel, cuando se trata de atribuir la imputación al líder del PP, tal y como
apuntó la Fiscalía.
Y ello a pesar de
que los cuatro alumnos estaban exactamente en la misma situación: fueron
dispensados de tener que ir a clase por la gracia de Enrique Álvarez Conde,
jefe de un chiringuito que no tenía el reparo de utilizar la tarjeta de la
universidad para hacer compras en la pescadería y en la carnicería;
convalidaron la mayoría de las asignaturas del máster; y superaron las materias
que les faltaban con una serie de trabajos que no aparecen o no quieren
enseñar. Lo que en tres casos supone una imputación como cooperadoras
necesarias en la prevaricación administrativa que se atribuye a Álvarez Conde y
otro delito anexo de cohecho impropio, en otro -el de Casado- no. Según el
Supremo, no hay pruebas de que el líder del PP llegara a un "acuerdo
previo" para que el Instituto de Derecho Público, que destruyó 5.400
correos electrónicos cuando comenzó la investigación, le regalara el máster.
Siguiendo las
reglas de la lógica, deberían estar imputados los cuatro o ninguno. Porque el
listón de exigencia que ha puesto la Fiscalía del Supremo para imputar al líder
del PP, cuya dirección se apresuró a adelantar de forma preventiva que la
asunción de responsabilidades solo se produciría con la apertura del juicio
oral, no es el mismo que el que puso en el juzgado de plaza de Castilla la
Fiscalía de Madrid, que avaló toda la instrucción y no recurrió las
imputaciones de las tres compañeras de máster virtual de Casado. Se entiende
que por considerar que se ajustaban a derecho porque una imputación, que puede
alargarse meses y años en un sistema judicial colapsado por la falta de medios
y personal, puede destruir una trayectoria profesional y una vida, aunque la
causa acabe finalmente archivada.
La segunda lección
que deja esta causa es que confesar no es rentable. De las tres alumnas vip que
comparecieron ante Rodríguez Medel, una de ellas, María Dolores Cancio, admitió
que Álvarez Conde le permitió "no ir a clase ni hacer los trabajos"
porque prefería que "no perdiera tiempo" y se dedicara a su beca de
investigación. Incluso le dio consejos para pedir ayudas económicas, conseguir
la devolución de las tasas y realizar las convalidaciones.
La tesis del
teniente fiscal del Tribunal Supremo, Luis Navajas, no deja otra salida a sus
compañeros madrileños que solicitar el archivo de la causa para todas las
alumnas de trato preferente, atendiendo al principio jerárquico y de unidad de
acción del Ministerio Público. De todas a excepción de Cancio, cuya confesión
incriminatoria le anuncia una condena con la única atenuante de "confesión
tardía".
Su situación
recuerda a la antológica trampa que los líderes del PP valenciano más corrupto
de la historia, Francisco Camps y Ricardo Costa, tendieron a dos de sus subordinados,
Víctor Campos y Rafael Betoret, el 20 de julio de 2011 en el caso de los trajes
regalados por la trama Gürtel. Aunque se había anunciado que todos habían
alcanzado un acuerdo de conformidad con la Fiscalía para reconocer el cohecho
impropio y saldar la acusación con el pago de una multa, el día señalado para
comparecer ante el juez Camps y Costa se quedaron en casa. Ellos acabaron
acudiendo al juicio y resultaron absueltos, mientras sus escuderos aceptaron la
condena.
En una vista
posterior Betoret explicó la jugada: "Nunca me hubiese conformado con esa
sentencia, me engañaron vilmente para que me conformase diciendo que era el
acuerdo al que habían llegado todas las partes, me negué hasta última hora y
firmé porque el presidente de la Generalitat me dijo que firmase". Al
conocer la sentencia, Camps guiñó un ojo mirando al cielo agradeciendo la
absolución más a la providencia que a sus abogados, que sabían lo que no le
advirtieron a Cancio: que en el mundo de los trileros solo los 'losers' confiesan.
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