LA LETRA PEQUEÑA DE LA SENTENCIA
DE JUANA RIVAS
ANA BERNAL-TRIVIÑO
Ya tenemos
sentencia del caso Juana en la que la justicia se limpia las manos frente a la
vulneración de diversos artículos, como estaba previsto. Pero vayamos al grano,
que es el fallo dictado y firmado, casualmente, el mismo día que se celebra el
juicio. Lo que crea una duda de si no estaba más que previsto. Aunque la sesión
fue larga, se despacha el asunto en el mismo día, como si el tema se tratara de
un simple robo y no de una víctima y la vida de unos menores.
Leer la sentencia,
incluso a quienes se han manifestado en contra de Juana este tiempo, debería de
producir vergüenza dada la irresponsabilidad de alguno de sus párrafos. Y si no
se lo produce, es que tenemos un problema grave dentro de la justicia y la
sociedad, o bien ya hay un nivel obsesivo en atacar a Juana. Aquí algunos de
esos párrafos:
1.- “No se aprecia
malos tratos como origen de ese estrés derivado solo por una percepción de la
convivencia familiar, en la que como suele ocurrir, seguramente había momentos
de tensión, desacuerdos, disputa o discusión, pero de ahí al maltrato hay una
diferencia”.
Con ese “de ahí al
maltrato hay una diferencia” el magistrado muestra, como tantos otros, que hay
una línea de maltrato solo reconocida por la justicia que es la del asesinato
(a veces rebajado a homicidio). Un
magistrado con formación sobre violencia de género sabe que no hace falta que
un agresor te toque para anularte la autoestima y matarte, prácticamente, en
vida. Es esta la razón por la que el maltrato psicológico, casi siempre, es
ninguneado por la justicia española cuando la raíz de todo tipo de maltrato
procede de ahí, que es el que consigue la anulación de la víctima. Un
magistrado con formación conocería que una simple luz de gas, de forma continua
sobre la mujer, tiene un efecto aniquilador.
2.- “No explicó ni
se comprende que si fue maltratada en Italia entre 2012 y 2016, al nivel que
ella dijo, de tortura y terror, no denunciara allí al momento en que se
producía cada uno de los varios episodios que tuvieron lugar, según ella,
tratándose de un país con una legislación y cultura de rechazo a estas
conductas, similar a la nuestra. Si hubiera residido en otro país con una
cultura de las que manifiestamente no combaten el maltrato, sería comprensible
que no hubiera denuncia e incluso podría tener sentido haber callado los hechos
hasta en su círculo más íntimo. Pero no es el caso de Italia. Y ni en este
país, ni en España inicia actuación alguna en respuesta a esos supuestos
episodios, ni siquiera aporta dato alguno indiciario de haber tenido lugar
alguno de ellos, a nivel incluso de haberlo contado a familiares o allegados”.
(p.6)
Un juez con
formación de perspectiva de género no le haría falta explicación y comprendería
por sí solo que una mujer, en muchas ocasiones, no puede denunciar ni pedir
ayuda dentro de la espiral del maltrato. Por eso las matan. Por eso las
asesinan. Sobre todo en situaciones de aislamiento (recuerden dónde vivía Juana
en Italia). Un juez con formación de perspectiva de género sabría también que
no es verdad lo que indica sobreItalia, dado que en marzo de 2017 Estrasburgo
condenó a Italia por su ineficiente lucha contra la violencia machista. País
donde una mujer es asesinada cada 72 horas y donde rociar a las mujeres con
ácido era la “última arma” de la violencia machista en el país el año pasado.
3.- Después
encontramos varios párrafos y frases llamativas donde se acusa a Juana de
“renuente cinismo”, además de considerar que todo fue un plan para obtener
ventajas procesales. Léanse… “Los hechos muestran que ella decide separarse en
el verano de 2016 y por si misma o porque alguien le asesora, se percata que
hay un escollo importante con la guarda y custodia de los dos niños y para
obtenerla a su favor, decide explotar el argumento del maltrato (p.7)”. Después
relata todo un plan minucioso para presentar una segunda denuncia. Y señala que
“orquesta una campaña valiéndose de medios de comunicación y organismos
públicos, que le dan su incondicional apoyo, todo ello con la mal calculada
creencia de que así no tendría ventajas a su favor” (p. 7).
En este párrafo no
sólo se comete la irresponsabilidad de señalar sobre Juana la previsión de un
plan sino que deja entrever una constante manipulación del proceso y de la
leyes procesales en beneficio, enmarcado en un contexto de táctica habitual. Es
decir, una ley que está para proteger a la víctima (y recuerden que la ley
1/2004 fue aprobada por unanimidad en el Congreso de los Diputados y que el
Congreso representa la voz de toda la ciudadanía), este magistrado la
desconsidera. Sobre la supuesta campaña de medios de comunicación, este magistrado puede leer el informe que yo,
como doctora en Periodismo, presenté en el Tribunal de Violencias Machistas el
año pasado, donde queda demostrado que fue Francesco Arcuri el primero en pisar
platós de televisión para desacreditar a Juana y el esfuerzo constante de
algunos medios en dar voz a vecinos que dejaran impoluta la imagen de Arcuri,
para destrozar la de Juana, calificándola de “mala madre”.
4.- “Predicar a los
cuatro vientos que una persona maltrata, tortura y aterra a su familia, e
incluso, que ha golpeado al hijo mayor, cuando no hay una condena firme, ni
siquiera una investigación en trámite, y arengar a una multitud irreflexiva y
visceral, para hacerla cómplice de ese escarnio, tratando de que la apoye de
forma más o menos explícita, es una afrenta que muestra una voluntad dañina y
lesiva de elementales derechos (…) “La sensibilidad social que hay sobre la
lacra del maltrato, ha llevado a muchas personas a aislar al maltratador
convicto; a señalarlo y rehuirlo a la hora de una oferta de trabajo, de un
negocio y de muchos otros aspectos de la vida social que van más allá del
rechazo personal y afectan a lo económico”.
Que un magistrado
predique a los cuatro vientos (usando sus palabras) en una sentencia que no hay
investigación en trámite cuando la denuncia de 2016 de Juana están en el limbo,
en Italia, es cuanto menos irresponsable. Calificar de “multitud irreflexiva y
visceral” a compañeras del movimiento feminista, que incluye a juristas y
expertas como Dones Juristes, es otra
gran irresponsabilidad. Que dé a entender que los agresores no pueden rehacer
sus vidas cuando son muchas de ellas las que no pueden hacerlo porque están
asesinadas bajo tierra o las que viven en casas de acogida sin poder salir a
hacer vida normal, es otra tremenda irresponsabilidad. Acusar a Juana en toda
la sentencia de que sabía lo que hacía (siendo mujer maltratada) cuando tenemos
de hace dos días a un guardia civil de La Manada condenado en primera instancia
por abuso sexual, y que nos dicen casi que por despiste o descuido pidió su
pasaporte cuando no puede salir del país, muestra una vez más la cara más
patriarcal de la justicia.
Pero claro, de qué
asustarse. El nombre del juez Manuel
Piñar, titular del juzgado penal 1 de Granada, ha saltado en varias ocasiones
por sus fallos insólitos. Una, de 1999, cuando las asociaciones feministas ya
tildaron al magistrado de machista tras rebajar la indemnización de una
accidentada “porque su cicatriz sólo se ve en situaciones íntimas” e indicaba,
además, que “la secuela podría ser un elemento de atracción física”. Otra
sentencia polémica con su firma fue en 2008 cuando calificó los controles de alcoholemia de “inquina
persecutoria” por atentar, según él,
contra la igualdad. O la peor de todas, de 2011, donde ataca a la Fiscalía
General del Estado y a la ley sobre violencia de género. Indica que hay un
“excesivo celo ideológico de proteger a la mujer” y lo relacionó con “el
principio de oportunidad que legislaciones autoritarias atribuían a fiscales
(…) y que estaban al servicio de Hitler o Stalin, aunque ninguno de los dos se
atrevió a plasmarlo en leyes”.
La letra pequeña de
la sentencia evidencia la irresponsabilidad y peligro con el que la
(in)justicia patriarcal deja expuesta a las víctimas. Aunque cabe recurso en el
caso Juana, quizás, algún día, la sentencia de este magistrado y sus palabras
acaben en instancias internacionales y en la ONU, como el caso de Ángela
González. Y el Estado deberá de volver a asumir y reparar la violencia
institucional que sus operadores jurídicos ejercen sobre las víctimas.
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