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jueves, 2 de junio de 2016

CANARIAS, SUJETO DE DERECHO INTERNACIONAL

CANARIAS, SUJETO DE DERECHO
INTERNACIONAL
MOVIMIENTO POR LA UNIDAD
 DEL PUEBLO CANARIO

Felicitamos sinceramente a la diplomacia y los servicios jurídicos del Movimiento por la Unidad del Pueblo Canario que, por primera vez en nuestra milenaria historia, han conseguido que Canarias, nuestra patria, sea sujeto de Derecho Internacional al haber abierto un expediente en la Corte Penal Internacional por los brutales abusos cometidos por el régimen monárquico y colonial español sobre nuestro pueblo. Canarias, un pueblo de origen norteafricano, fue ocupada mediante una invasión armada por España, que dio lugar a una guerra injusta e ilegal prolongada desde el año 1402 hasta el 1495, continúa siendo una posesión colonial española, pues España ha ejercido una represión brutal e inimaginable contra  el pueblo canario desde esa cruenta anexión armada hasta la actualidad, impidiendo por todos los medios que Canarias figure en el Comité de Descolonización de las Naciones Unidas, pese a que en el año 1982 España otorgó a Canarias un falso estatuto de autonomía para engañar a la comunidad internacional, que en justicia exigía proceder a la Descolonización e Independencia de Canarias. Mediante ese falso estatuto de autonomía España ha conseguido hasta el momento que Canarias no figurase en las Naciones Unidas como territorio no autónomo y, como demostraremos a continuación, sin ser una autonomía.

Sostenemos que se trata de una falsa autonomía, sin competencias, como lo demuestra el hecho de que el 12 de Marzo de 1986, cuatro años después de la concesión del falso estatuto de autonomía, se celebró un Referéndum mediante el que se le preguntaba a la ciudadanía si quería o no pertenecer a la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), a la que sí pertenece España, opción que fue rechazada en Canarias por el 53 % de los votos (se adjunta fotocopia del escrutinio), decisión democráticamente tomada y aún pendiente de ejecutar, debido a que España es un estado de escasa, por no decir nula, tradición democrática.

Mediante la presente demanda sometemos a la Corte Penal Internacional (La Corte) la actual situación colonial de Canarias al haber ratificado España, estado demandado, el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, hecho en Roma el 17 de julio de 1998, con fecha de entrada en vigor el 1 de Julio de 2002, haciendo la salvedad de que los crímenes de genocidio, lesa humanidad, guerra y agresión por parte del reino de España se iniciaron en el año 1402 y aún se siguen perpetrando, así como el expolio económico, la esterilización cultural y el sometimiento militar. Los crímenes de la competencia de la Corte no prescribirán (artículo 29).

Es muy, pero que muy difícil cuantificar el número de personas asesinadas, vendidas como esclavos o desaparecidas y deportadas desde que tuvo lugar el primer asentamiento de los invasores en el Rubicón (año 1402), isla de Lanzarote, hasta la actualidad.

Como dramático ejemplo téngase  en cuenta que el antepenúltimo jefe de estado, el dictador Franco, mediante lo que denominó el alzamiento nacional, que abarca el breve periodo de tiempo transcurrido entre 1936-1939, ganó una guerra en la que los sublevados sólo en Canarias asesinaron a 1200 canarios en los seis primeros meses de los más de 20.000 que pasaron por las cárceles, según describe el investigador Juan Medina Sanabria en su libro “Isleta/Puerto de la Luz: Campos de Concentración” (2002). Cuenta el investigador que las detenciones de canarios se multiplicaron tanto al inicio de la Guerra que los militares fascistas se vieron obligados a crear un segundo campo de concentración en La Isleta, al quedarse pequeña la recién estrenada cárcel de Barranco Seco (Gran Canaria, Canarias). Allí, ultrajados en tiendas de campaña y sin duchas, ni baños y constantemente amenazados por una ametralladora sobrevivieron hasta febrero de 1937 un total de 1.145 detenidos. La mayoría de ellos salieron de allí para ser fusilados o desaparecidos en alguna sima.

El 19 de octubre de 1959 fue ejecutado Juan García, conocido como “El Corredera”, en la cárcel de Barranco Seco, en Las Palmas de Gran Canaria, donde su nombre es una leyenda, al aplicarle el corrupto régimen de Franco la pena de muerte.

El aciago día 29 de Octubre de 1975, en una concatenación de casualidades, el obrero Antonio González Ramos fue detenido por la Brigada de Investigación Social, la policía política de Franco. En casa de un amigo suyo había sido hallada una maleta con panfletos y documentos de una organización política, que había llevado para que la guardaran y, en otro lugar de la misma vivienda, unos cartuchos de dinamita que el amigo, trabajador ocasional de la construcción, tenía para emplear en la pesca clandestina. Fue lo suficiente para exacerbar el celo de los sicarios, que detuvieron a A
ntonio González.
Horas más tarde de su detención, Antonio González murió a consecuencia de los golpes que le propinó el inspector José Matute Fernández, dejando viuda a una mujer joven, convirtiendo en huérfanos a cuatro niños y llevando el dolor y la rabia al corazón de todos sus familiares y amigos.
Cobardemente, los asesinos intentaron ocultar su crimen, aduciendo que Antonio había muerto cuando, trasladado en coche a una verificación, se arrojó en marcha del vehículo. El período de inseguridad política que abrió la muerte del dictador no era la situación más apropiada para la impunidad de los asesinos y, acosado por las investigaciones judiciales, Matute huyó a Venezuela, de donde regresó un año más tarde, cuando ya era de dominio público que se iba a promulgar la ley de amnistía que iba a acoger por igual a las víctimas y a los verdugos de la dictadura de Franco. Aunque fue procesado, el juicio no llegó siquiera a celebrarse, pues en 1977 fue amnistiado y se reincorporó a sus tareas como policía. Para más escarnio, uno de sus últimos destinos en la Dirección General de Seguridad, en Madrid, fue en el departamento de elaboración y custodia de los datos de las personas detenidas. El letrado Fernando Sagaseta denunció esta situación de favor a un convicto de torturas y asesinato, pero fue en vano, como más recientemente lo ha sido también con el jefe provincial de Policía de Santa Cruz de Tenerife, condenado por un delito similar hace años.

Bartolomé García Lorenzo fue asesinato a manos de la policía española el 22 de Septiembre de 1976. Los seis agentes que ocasionaron la muerte del joven Bartolomé García fueron procesados el 16 de octubre y separados de sus funciones. Al existir entonces el precepto del fuero policial, en virtud del cual los agentes no cumplían la prisión preventiva en cárceles, sino en dependencias policiales, los cuatro policías del Cuerpo Superior quedaron internados en la comisaría de Santa Cruz de Tenerife y los dos de la Policía Armada en su cuartel.
Cuatro días más tarde, los agentes fueron trasladados a Madrid, y en el aeropuerto fueron recibidos por dos centenares de policías españoles que mostraron así su solidaridad con los procesados. En los días posteriores al homicidio se sucedieron importantes manifestaciones en Santa Cruz de Tenerife en repulsa por el asesinato del compañero Bartolomé García.
En febrero de 1982, la Audiencia de Tenerife condenó a los agentes y el Tribunal Supremo ratificó esa sentencia a finales de ese año. Pero el 28 de enero de 1986, la Audiencia de Tenerife, mediante un auto, declaró extinguidas las responsabilidades de los policías en el homicidio de Bartolomé García.
Los seis asesinos continuaron en activo dentro de la policía española y han sido promocionados en distintas ocasiones.

El vil asesinato de Javier Fernández Quesada el 12 de Diciembre de 1977, ametrallado por la Guardia Civil española, no ha sido todavía juzgado por ningún tribunal y continúa sin esclarecerse quiénes estaban en primera fila y quiénes en la retaguardia, lo que demuestra la indecencia con la que España trata a esta cada vez menos desdichada colonia.

El último asesinato documentado tuvo lugar el 10 de diciembre de 2012 en la persona de Don Antonio Cubillo.

El infatigable combatiente por la libertad de Canarias Don Antonio Cubillo falleció a consecuencia de las secuelas sufridas por el execrable intento de asesinato que tuvo lugar en la capital argelina el 5 de Abril de 1978, que le obligó a desplazarse en silla de ruedas durante más de 34 años, crimen juzgado por la propia Audiencia Nacional española como terrorismo de Estado, del que eran máximos responsables en esos momentos Adolfo Suárez como presidente del gobierno de ese país y Juan Carlos I como Jefe del Estado español. El colonialismo español está difundiendo la infamia de que el fallecimiento del Sr. Cubillo fue por causa natural. Llegados a este punto hemos de llamar la atención de la Corte Penal Internacional con respecto a lo juzgado por la Audiencia Nacional española fue el intento de asesinato y no la muerte del Sr. Cubillo como consecuencia de las gravísimas secuelas que le dejó el criminal atentado.

La sentencia de la Sala de lo Penal de 14 de julio de 1990, fija como secuelas padecidas por Don Antonio Cubillo, las consecutivas a una hemisección medular que afectan su persona en los planos sensitivos y motor de las extremidades inferiores, su función respiratoria ha quedado afectada, también la intestinal, vesical, metabólica, ósea, trastornos en la faceta psicológica y cicatrices. Añade la sentencia que en el postoperatorio necesitó tratamiento hospitalario hasta 1981, fundamentalmente de carácter rehabilitador. Y que la profesión del Sr. Cubillo es la de abogado en ejercicio y para determinadas actividades como la higiene personal o desplazamientos, además del empleo de muletas, precisa de la colaboración de otra persona.
A tal efecto establece en su fundamentación jurídica que "llegado el trance de fijar el importe indemnizatorio, el tribunal tiene presente, además del alcance de las muy graves lesiones ocasionadas al Sr. Cubillo, la incapacidad resultante, el padecimiento experimentado y el deterioro vital padecido, sin olvido de esa colaboración necesaria de otra persona que debe ayudarle en determinadas actividades humanas". En concreto, concluye la sentencia, el número indemnizatorio es fija en veinticinco millones de pesetas.
Igualmente consta en el expediente administrativo que la Dirección General de Servicios Sociales de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias resuelve reconocer la condición de minusválido del Sr. Cubillo, el 26 de enero de 1999, con un grado de minusvalía del setenta y ocho (78) por ciento.

El Sr. Cubillo se había exiliado en Argel el año 1962 perseguido por el régimen de Franco, que no toleraba su actividad profesional como abogado laboralista en pro de los estamentos menos favorecidos de la sociedad colonial y caciquil canaria, como eran los estibadores, las lecheras, los panaderos, los guagüeros y un largo etc.

El Sr. Cubillo fundó en Argel la entrañable emisora radiofónica La Voz de Canarias Libre, que con un mensaje libertario llenó de esperanza las aspiraciones del cautivo pueblo canario, no en vano era la emisora más escuchada en todo el archipiélago, pues las calles se quedaban vacías al atardecer, entre los años 1975 y 1978, para escuchar al compatriota Cubillo, que entre otros méritos atesora el de conscienciar a los canarios y canarias de los problemas que nos atenazan derivados de la ocupación española. Cubillo le enseñó al moderno pueblo canario la importancia y el significado de la palabra independencia, a la que no renunció ni un sólo segundo de su vida y por la que luchó en vida y seguirá luchando sin desfallecer hasta ver a su patria liberada del yugo colonial español.

Este inconmensurable trabajo no le impedía al Sr. Cubillo desarrollar una extraordinaria actividad diplomática con los países de la Organización para la Unidad Africana (OUA), actualmente denominada la Unión Africana (UA), que llegó a aprobar una declaración solemne sobre el derecho que asiste a Canarias de acceder a la independencia como territorio bajo administración colonial española, lo que el Sr. Cubillo ha repetido hasta la saciedad, que Canarias no es una región española sino una colonia de España, que es bien distinto.

La Declaración Solemne de la OUA se llevó a cabo en la ciudad de Argel el 20 de julio de 1968, a la que asistieron los Jefes de los Estados africanos con ocasión de la Sexta Reunión de la Organización Africana. Las declaraciones Solemnes tienen la peculiaridad de que no prescriben, no tienen fecha de caducidad ni vencimiento.

El secretario general de la OUA en esa época, el Sr. Diallo Telli, de Guinea Conakry, leyó la Declaración Solemne en presencia de la prensa internacional. La primera Declaración de la OUA, a petición del Movimiento para la Autodeterminación e Independencia del Archipiélago Canario (MPAIAC) mediante la que se establece que las Islas Canarias forman parte integrante del continente africano y sus habitantes tienen derecho a la auto-determinación y derecho a la independencia, como todos los países colonizados de África. En 1970 el Sr. Cubillo entregó en Argel un memorándum al presidente del Comité de Descolonización de los 24 de las Naciones Unidas, el Sr. Davidson Nicol.

Esta intensa actividad diplomática, plagada de éxitos, debía culminar en abril de 1978 en la solicitud ante las Naciones Unidas de la descolonización de Canarias, lo que impidió España apuñalando al Sr. Cubillo y dejándolo inválido de por vida, falleciendo el 10 de Diciembre de 2012 a consecuencia de las secuelas producidas por el execrable atentado.

Conviene también investigar las muertes que sigue ocasionando el colonialismo en la población canaria, unas veces de forma sutil y otras no tanto, mediante accidentes provocados en los medios de transporte, para lo que el colonialismo infiltra a sus agentes en los movimientos canarios de liberación y posteriormente inculparlos (sin embargo los tribunales españoles no han podido demostrar ni un sólo acto delictivo en los nacionalistas canarios), transmisión de todo tipo de enfermedades (Canarias lidera todos los parámetros del estado español en defunciones y enfermedades crónicas: hipercolesterolemia, hiperlipidemia, hipertensión, diabetes tipo 2, enfermedades cardiovasculares y cerebrovasculares, cáncer y sida), adulteración y contaminación de alimentos, por si fuera poco más del veinte por ciento  (20 %) de la población canaria presenta trastornos mentales y adicciones según manifestó el Sr. Luis Suárez, director del área de Salud de Gran Canaria, durante la inauguración de las jornada “Enfermedad mental y adicciones” que se celebraron en el Hospital Universitario de Gran Canaria Dr Negrín, siendo estos trastornos producidos por el sometimiento colonial del pueblo de las Islas Canarias, pues como descubrió el psiquiatra Frantz Fanon el colonialismo produce enfermedad psicopatológica, descubrimiento que describe magistralmente en su libro Les Damnés de la Terreinfringiendo gravemente los artículos del Estatuto de Roma: 6.b (Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo) y 6.c (Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial). .

La “real” cédula del 25 de Mayo de 1678, siendo rey de España Carlos II, establece que, para poder comerciar con las mal denominadas Indias Occidentales (América) había que enviar cinco familias por cada cien toneladas de productos que se exportaran desde Canarias ¿Quiénes pagan ese tributo?  Los canarios, destinados, entre otras tierras, a poblar las llamadas Lousianas, que España y Francia se disputaban por entonces. Concretamente en 1777, se ordena que vaya una colonia de canarios que puedan ser útiles en la labranza y la manufactura. En esta expedición salen de Canarias 125 reclutas con sus familias. En 1778, salen de Canarias 292 personas y 18 niños de pecho. En otro barco salen en el mismo año 423 personas y 37 niños de pecho. En 1779 se trasportaron 406 personas y otro barco más con 423 personas. Y miles y miles aún sin cuantificar. Es lo que históricamente se conoce como tributo de sangre. Hay actualmente más canarios en el continente americano que en Canarias.

La quiebra de la sociedad canaria y sus responsables. Canarias, con 385.600 desempleados, según los datos de la encuesta de población activa (EPA) del Instituto Nacional de Estadística (INE) correspondiente al primer trimestre del año 2013, última publicada, se aproxima al 35 por ciento de desempledos. Los índices de desempleo y miseria, hambre incluida, se han disparado en Canarias y el origen de este descomunal incremento no es otro que nuestra situación de dependencia colonial de la monarquía medieval española, que sigue obteniendo ingentes beneficios disminuyendo enormemente los gastos, como queda constatado al analizar los datos del producto interior bruto (PIB) y al desempleo correspondientes al periodo 2007-2012, en el que ha tenido lugar una agudización de la crisis crónica que padece Canarias desde la cruenta invasión armada española.

Mientras el PIB supera los 42 mil millones de euros anuales, incluso aumentando ligeramente, los datos de desempleo se han incrementado dramáticamente, lo que se traduce en que con más del triple de desempleados se realiza más trabajo aún.

La EPA, una investigación continua y de periodicidad trimestral dirigida a las familias, realizada por el INE desde 1964 para obtener datos de la fuerza de trabajo en sus diversas categorías (ocupados, parados), así como de los inactivos, es más precisa que los datos de los parados inscritos en las mal denominadas oficinas de empleo, que no registran el total de las personas que buscan trabajo, para regocijo de la administración que prefiere difundir estos últimos.

La encuesta, que como su propio nombre indica es una encuesta, tampoco refleja la cruel realidad, al considerar empleados a los que no han respondido que están buscando trabajo, contando como empleados los emigrantes que, obviamente, no han sido encuestados: desde el año 2008 hasta 3. 2012 oficialmente son más de 109.087 el número de canarios y canarias que han emigrado en busca de trabajo. Por el contrario todos los españoles empleados en Canarias, unos 380.000 según algunas estimaciones, y otros extranjeros siguen ocupados en la administración colonial.

De los 133.700 desempleados que tenía Canarias en el año 2007, el 11.02 por ciento (%), hemos pasado a 385.600, el 34.3%. Según Eurostat en la Europa de los 27 (EU27) la tasa de desempleo alcanzó el 10.9% en Marzo de 2013 (9.6 en Febrero de 2009), la mayor desde que, en Enero de 2000, se publican los datos. En los Estados Unidos de América (USA) el desempleo fue del 7.6% en Marzo de 2013 (9.7 en Febrero de 2010). En Febrero de 2013 la tasa de desempleo en Japón fue del 4.3% (4.9 en Febrero de 2010).

Llegados a este punto es necesario hacer una reflexión. Los mayores porcentajes de desempleo en la actual crisis del capitalismo son inferiores al nivel que tenía Canarias en el año 2007 (11.02%), antes del inicio de la crisis actual ¿En qué se traduce esa constatación? Pues es tan sencillo como fácil de entender: Canarias sufre una crisis crónica, permanente, desde que es una colonia de España, crisis que actualmente se ha agudizado, elevándose los índices de pobreza y miseria, y todo lo que ello conlleva, a niveles nunca vistos. Basta comparar los datos de desempleo de Canarias con la ex colonia inglesa Malta, archipiélago actualmente independiente y cuya tasa de desempleo en Marzo de 2013 era del 6.5%.

Los canarios y canarias trabajan más horas que el resto del Estado español, en condiciones paupérrimas, cobrando menor salario, según los últimos datos el 50% de los que trabajan no llegan a mil euros mensuales y el 70% de los jóvenes menores de 25 años están parados.

Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales y de género definido en el párrafo 3. Mientras nuestros niños y niñas llegan y salen hambrientos de los colegios, afectados por deficiencias de todo tipo, cuyas secuelas arrastrarán de por vida, comprobamos la burla grotesca de los políticos de las distintas administraciones canarias, impertérritos en sus poltronas, cobrando obscenos sueldos que sobrepasan los sesenta mil euros anuales, complementados con suculentas dietas por valor de otros veinte mil euros y más, que no declaran a hacienda, con viajes gratis a costa de nuestro trabajo, en primera clase si la correspondiente aeronave dispone de la misma, da igual que sea a Madrid o a Bruselas, con sus  impecables trajes de señoría, señorío o señorito, irrumpiendo en nuestros hogares a través de la televisión, la radio, la prensa e internet y, sin ponerse colorados e impávidos, defiendiendo su intachable conducta y gestión o, en el peor de los casos, echándole la culpa al de la poltrona de al lado.

Sostienen sus señorías que esto es una democracia, pese a la incompatibilidad entre una democracia y un régimen colonial, pues hasta donde llegan nuestros conocimientos Canarias no ha sido descolonizada por lo que sigue siendo una ignominiosa colonia de España. A cambio de sus espúrias prebendas tienen que sostener la barbarie colonial, para lo que se han dotado de una antidemocrática ley electoral, en la que mediante lo que supone un insulto a la dignidad y la inteligencia de los canarios y canarias se incluye literalmente la palabra “barreras electorales” a la participación de los electores, entre otras la obtención de un treinta por ciento de los sufragios en cada isla o un seis por ciento en toda Canarias para obtener representación parlamentaria.

La ley electoral canaria exige la obtención de un 30 por ciento de los votos en cada isla para obtener representación parlamentaria, lo que ha dado lugar a que desde la entrada en vigor de la misma sólo tres organizaciones políticas forman parte del parlamento canario y siempre son las mismas, lo que genera el sistema más antidemocrático del mundo.

Cuando estaban en la oposición eran los miembros del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) los mayores detractores desde la institución parlamentaria, que no desde la sociedad, de las antidemocráticas barreras, siendo suplantados actualmente por el denominado Román Rodríguez, en una loable defensa de los principios democráticos si no fuera por el hecho de que durante su larga y tediosa presidencia del gobierno psuedoautónomo al aldeano presidente ni una sóla vez le pareció inconveniente el asunto de los topes electorales, el mismo que era vicepresidente de la Caja Insular cuando entregaron la señera institución de ahorro de muchos canarios al peor postor, Bankia, que acabó en saqueo del sacrificado ahorro de nuestros pensionistas embaucados en el feo asunto de las preferentes.

Cuando a raíz de las elecciones del año 2011 el PSOE pactó con Coalisión Canaria el mantenimiento del régimen colonial el mismo incluía la modificación de los topes electorales en el primer año de vigencia del mismo. Ya avanzado el 2016 no sólo no quieren ni oir hablar del asunto sino que sostienen que no es la preocupación del pueblo canario, pues mientras sigan recibiendo los suculentos emolumentos no hay problema alguno.

Ese es el motivo por el cual el pueblo canario no quiere ni oir hablar de sus señorías, a los que sistemáticamente les da la espalda, baste recordar que en las citadas últimas elecciones de un total de 1.580.359 electores el Partido Popular (PP) sacó 289.381 votos (18.3% del censo), Coalisión Canaria 223.785 (14.1% del censo) y el PSOE 190.028 (12.0% del censo), o lo que es lo mismo el total de los sufragios obtenidos por el régimen supone el 44.4% del censo electoral, muy lejos de la mitad del censo y un irrisorio 33.7% con respecto a la población total residente en Canarias, que según el Instituto Nacional de Estadística (INE) ascendía a 2.085.928 el 1 de Enero de 2012, muy próxima a la fecha de celebración de las elecciones del año 2011. En esos momentos sus señorías se limitan a cumplir el correspondiente trámite protocolario mediante declaraciones solemnes en el sentido de que hay que cambiar lo que denominan “las condiciones del juego”, que por lo visto es como se lo toman, para “acercar a los ciudadanos”. Esos son los apoyos del régimen, beneficiándose de la abstención y por eso la promociona.

España no sólo se ha negado sistemáticamente a ejecutar los resultados favorables al NO en el Referéndum del 12 de Marzo de 1986, sino que ha procedido a trasladar a españoles y otros extranjeros al territorio canario, que en sólo 25 años (desde el 12 de Marzo de 1986 hasta las elecciones generales del 20 de Noviembre de 2011) pasó de 1.003.385 a 1.587.295 (referido exclusivamente al censo electoral, no al poblacional que obviamente es mucho mayor), o lo que es lo mismo 583.910 electores más, pues se les ha reconocido el derecho al voto y todo ello en un territorio de apenas 8.000 kilómetros cuadrados, que da lugar a uno si no el más superpoblado del mundo.

La entrada masiva de población de la potencia ocupante también ha dado lugar al desplazamiento masivo de canarios, como se constata del análisis del propio censo electoral, que incluía 7008 electores en el Referéndum de 1986, denominado voto CERA, o sea votantes censados fuera de Canarias (se adjunta documento), voto CERA que se incrementó hasta 105.164 en las elecciones del 20 de Noviembre de 2011.

Estos ingentes desplazamientos de población han tenido lugar en apenas veinticinco (25) años, desde 1986 hasta 2011 y mediante los mismos España viola, sistemáticamente, el Cuarto Convenio de Ginebra, concretamente el artículo 49, en sentido doble, pues por una parte ha procedido a introducir población procedente de España en el Archipiélago Canario, cuya población se ha incrementado en 625.128 personas en apenas 25 años, mayoritariamente procedente de ese país y por otra parte ha desplazado de Canarias por lo menos 98.156 personas sin contar los que tienen menos de 18 años al no estar incluidos en el denominado voto CERA.
Los traslados en masa o individuales, de índole forzosa, así como las deportaciones de personas protegidas del territorio ocupado al territorio de la Potencia ocupante o al de cualquier otro país, ocupado o no, están prohibidos por el derecho internacional, sea cual fuere el motivo.
La Potencia ocupante no podrá efectuar la evacuación o el traslado de una parte de la propia población civil (España) al territorio por ella ocupado (Canarias) (Último párrafo del artículo 49 del Cuarto Convenio de Ginebra).

La Corte Penal Internacional es competente sobre los crímenes de guerra, genocidio y crímenes de lesa humanidad cometidos a partir de la entrada su entrada en vigor, el 1 de julio de 2002.

Movimiento por la Unidad
 del Pueblo Canario

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