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miércoles, 10 de julio de 2024

¿DÓNDE ESTÁN QUIENES TIENEN QUE PROTEGERNOS?

 

¿DÓNDE ESTÁN QUIENES TIENEN QUE PROTEGERNOS?

SAÚL CASTRO

 

Varias personas con banderas LGTBI durante la manifestación estatal del Orgullo LGTBI+ en Madrid, España.- Alejandro Martínez Vélez / Europa Press

En plena celebración del Orgullo LGTBI, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Barcelona ha dictado sentencia sobre la agresión LGTBIfóbica ocurrida en un McDonald’s de Barcelona en 2019. El acusado: absuelto. 

¿Cómo ha sido eso posible? ¿En qué cabeza cabe que decirle a alguien "te voy a hacer heterosexual a hostias" o "te voy a dar tal hostia que la mariconería se te quita" no es una conducta delictiva? Al parecer, en la de las magistradas Martínez Luna, Guil Román y Sánchez Gil. 

Las juezas razonan que estas expresiones "no rozan un mínimo grado" la lesión de la dignidad que exige el delito del artículo 510.2.a) del Código Penal. Este delito castiga a quienes cometan actos que lesionen la dignidad y generen humillación, menoscabo o descrédito por una característica protegida –en este caso, la expresión de género y la orientación sexual–. No exige publicidad, difusión ni capacidad para incitar al odio, como sí lo hace el artículo 510.1, por mucho que se empeñen las magistradas en afirmar lo contrario. 

También concluyen que no había intencionalidad "por su condición de homosexual, sino por la forma en que iba vestido, que el acusado consideraba inapropiada ante la presencia de menores como era su hija". Ello, a juicio de sus Señorías, justificaría la conducta y descartaría una intencionalidad discriminatoria

 La resolución es, en corto, un atropello jurídico que denota no solo un nulo conocimiento de las realidades LGTBI por parte de las juezas, sino una necesidad apremiante de impartir formación en derecho antidiscriminatorio a nuestra judicatura. Pero aquí no vengo a criticar la sentencia. Eso que lo haga el fiscal si decide recurrir, cosa que dudo. 

 Aquí me gustaría compartiros una reflexión –fruto de mi experiencia como abogado especializado en derechos LGTBI– que me genera frustración y enfado a partes iguales. El caso de la agresión del McDonald’s no es un caso aislado: es otro nuevo ejemplo de que las víctimas de un incidente LGTBIfóbico se encuentran solas y desamparadas, incluso cuando denuncian. 

 Ninguna asociación de las que ahora echan humo en Twitter y condenan vigorosamente la sentencia absolutoria –a la vez que ofrecen a las empresas la posibilidad de comprar una carroza en el Orgullo desde la que hacer pinkwashing– se personó como acusación popular en dicha causa. Tampoco ofreció sufragar un abogado pro bono a la víctima. No hicieron nada más que poner un tweet antes –para condenar la agresión– y poner otro ahora –para condenar la sentencia–.  

Digo que esto no es un hecho aislado porque, desgraciadamente, con una simple búsqueda en internet se pueden ver numerosos casos recientes donde, habiendo denunciado la víctima, no se condenó la LGTBIfobia. Y todo porque la acusación quedó en manos de fiscalías claramente incompetentes, con nula formación en derecho antidiscriminatorio y colapsadas de trabajo, que priorizan sacarse casos de encima antes que conseguir una reparación y justicia efectivas. 

Eso es lo que sucedió en el caso de la agresión a una chica trans canaria, que fue apaleada al grito de "yo a los maricones los mato a todos". En dicha sentencia, dictada el 28 de abril por el Juzgado de Menores núm. 1 de Las Palmas, tampoco se condenó por delito de odio. Solo por lesiones sin agravar por LGTBIfobia, obligando al agresor a hacer un curso y a indemnizar a la víctima con 200 euros. Todo ello gracias a un acuerdo entre el fiscal y el acusado, sin dignarse a escuchar a la víctima. 

Lo mismo pasó el 3 de junio en Ourense, donde la Audiencia Provincial absolvió a un hombre acusado de llamar a un vecino, delante de varios testigos, "maricona de mierda" y de afirmar que los maricas apestaban. En este caso, la Sala entendía que fue un hecho puntual, moralmente censurable, pero que era fruto del enfado por la lentitud de su vecino y no denotaba ninguna intención de discriminación por la sexualidad de la víctima. 

Leo sentencias idénticas del 20 de mayo de la Audiencia Provincial de Valencia o del 6 de junio de la de Burgos. En la primera, un chico denunció a su padre y sus hermanos por acoso y maltrato homófobo, afirmando que le llamaban "maricón de mierda" en lugar de por su nombre y le trataban como si tuviera una enfermedad contagiosa, obligándole a usar cubiertos y toallas distintas a las del resto de la familia. Los acusados se presentaron con un abogado que hizo circular a decenas de testigos para cuestionar el relato de la víctima. La víctima, en cambio, estaba sola. 

En el caso de Burgos, la Sección Primera de la Audiencia Provincial redujo la condena por una paliza a un hombre al grito de "maricón" bajo el argumento de que no había habido discriminación, ya que el agresor desconocía su "condición homosexual". Asimismo, consideró que el relato y la experiencia de la víctima no eran suficientes para probar la concurrencia de la agravante de homofobia. 

En todos estos casos el denominador común que más me exaspera es, sin lugar a duda, que ninguna entidad LGTBI se personó en las causas ni ejerció la acusación popular. Esto, no solo determina que la decisión de acusar –y los delitos por los que se acusa– queden exclusivamente en manos de una fiscalía desbordada y poco formada. También determina que nadie prepara a la víctima para el juicio, que nadie le ayuda a recabar pruebas, que no se solicitan indemnizaciones correctas, que se abre la puerta a la conformidad del acusado y que no se evita que se la revictimice en el interrogatorio realizado por los abogados de la defensa. 

El hecho de haber sido parte acusadora también permite a las entidades recurrir los casos en que se dictan sentencias erradas, por magistradas ignorantes, que deciden absolver cuando claramente estamos ante conductas contrarias a la dignidad, discriminatorias y manifiestamente LGTBIfóbicas. 

Esta desconexión del activismo con la realidad práctica de nuestros derechos y con la lucha por su aplicación material es lo que no entiendo. ¿De qué nos sirve aprobar leyes que garantizan nuestra protección si luego no litigamos para que los derechos legislados se apliquen por los jueces? 

Me consta que muchas ONGs pequeñas y periféricas están comenzando a litigar con sus recursos. También soy consciente, por haber sido parte en varios casos, de que ya se han obtenido algunas victorias judiciales de las que nos beneficiaremos toda la comunidad LGTBI. 

 Sin embargo, ¿dónde se encontraban las grandes Federaciones Estatales LGTBI o los Observatorios cuando la víctima del caso McDonald’s tuvo que ir a declarar al juzgado? ¿Dónde estaban mientras se recolectó y analizó la prueba? ¿Dónde estaban a la hora de acusar al investigado por todos los delitos posibles para garantizar una indemnización y condena? ¿Dónde? 

Esto solo lo pueden responder ellas. Eso sí, digan lo que digan estos días en Twitter, estoy convencido de que llevan muchos años alejadas de la defensa real y efectiva de nuestros derechos y de los derechos de las víctimas de LGTBIfobia. 

 

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