LA TRAGEDIA DE LAS COLORADAS
MOVIMIENTO POR LA
UNIDAD
DEL PUEBLO CANARIO
Las coloradas, también conocidas como petirrojos o por el nombre
científico de Erithacus rubecula son unos simpáticos y bellos pajaritos
que poblaban nuestras medianías
alimentándose de roscas (orugas) que se alimentan de hojas de papas, coles y
otros vegetales. Los agricultores aún recuerdan verlas comiendo en los restos
que dejaba la azada cuando cavaban las papas, contribuyendo, ecológicamente, al
mantenimiento del equilibrio del ecosistema al controlar las posibles plagas de
algunos insectos. Pues las coloradas desaparecieron o, dicho más apropiadamente, las envenenaron los propios
agricultores a base principalmente del herbicida conocido como glifosato de la
multinacional Monsanto, ahora propiedad de la multinacional alemana Bayer, la
de la aspirina.
La conocidísima actividad cancerígena del glifosato. Los
agricultores, con la connivencia de los esbirros del colonialismo, entre los
cuales se encuentran incluso presidentes de algunos cabildos, continúan
pulverizando gigantescas cantidades del cancerígeno glifosato con la ingenua
excusa de que en la Unión Europea aún está permitido, ocurrencia por ejemplo
del presidente del cabildo de La Palma que no presidente de Benawaré, olvidando
que si aún se usa legalmente en Europa no es otro el motivo que el ser su
propietario la alemana Bayer, empresa que recientemente ha sido condenada a
pagar 2.055 millones de dólares por un jurado de California a un matrimonio en
compensación por el cáncer que les causó el Glifosato (también comercializado
como Roundup), utilizado durante 35 años en sus cultivos, siendo hasta el
momento la tercera condena a Bayer por este motivo, pendiente en este momento
al menos 13.400 reclamaciones más procedentes de agricultores, jardineros,
diseñadores de espacios naturales o propietarios de casas, lo que ha originado
una caída de las acciones de Bayer cercana al 40 por ciento debido a la cólera
de los inversores. En Canarias los supuestos responsables pretenden seguir
envenenando nuestros campos pues, poniendo en práctica aquella ocurrencia del
Franco, “el generalísimo”, “todo está atado y bien atado” han amañado la
legislación en función de sus espurios intereses, de tal manera que de 18
candidaturas presentadas al parlamento sólo los septillizos (“Colisión”
Canarias, PSOE, PP, NC, Podemos, Vox y Cs) salen en las teles y radios (lee el link
adjunto, no tiene desperdicio) que todos financiamos o financiábamos ¡NI
UN SOLO VOTO A ELLOS! Puro carbón.
La tragedia de las coloradas. El glifosato utilizado como
herbicida en nuestras medianías, así como en márgenes de pistas rurales y
carreteras, como su propio nombre indica, envenena cualquier planta en la que
se deposite, de la que se alimentan las roscas que, a su vez, son ingeridas por
las coloradas que, lamentablemente, han sido envenenadas. Las coloradas a su
vez son ingeridas por otras aves y roedores introduciendo el glifosato en toda
la cadena trófica o alimenticia, proceso en el que mueren incluso rapaces
nocturnas como el búho conocido en Canarias como coruja originando una
catástrofe mas pues, en condiciones naturales, una pareja de corujas es capaz
de cazar aproximadamente 1.200 ratas en un solo año, por lo tanto, el daño
causado es descomunal, sin contar los innumerables cánceres de nuestros
agricultores.
Prohibición absoluta de usar glifosato o cualquier otra
sustancia tóxica en la República Democrática Federal Canaria. Los atentados
contra nuestro patrimonio natural y arqueológico constituyen un delito y se
castigan con la pena de seis meses a cuatro años y suspensión de profesión u
oficio hasta tres años los que, en la explotación de una industria o en el
ejercicio de otra actividad y con infracción de las normas reglamentarias,
provoquen emanaciones a la atmósfera, o viertan en los barrancos, aguas interiores
o territoriales sustancias que puedan perjudicar gravemente a personas, a los
animales, bosques, plantaciones agrícolas y, en general, a cualquier
ecosistema, tanto terrestre como marino. Si la industria funcionase
clandestinamente o sin haber obtenido la preceptiva autorización o aprobación
administrativa de sus instalaciones, se impondrán las penas superiores en
grado. Si los actos descritos ut supra fuesen realizados en las inmediaciones
de poblaciones, en su más amplia definición ecológica, o afectasen a las aguas
destinadas al consumo, incluyendo las aguas marítimas, se impondrá, además, la
multa de doce a veinticuatro meses, pudiendo el Tribunal elevar en un grado las
señaladas en el párrafo anterior, elevación que será preceptiva si por la
gravedad del daño éste alcanzase proporciones catastróficas, como es el caso
que nos ocupa. En todos las casos anteriores podrá acordarse la clausura
temporal o definitiva del establecimiento o establecimientos responsables. Si
las industrias o actividades descritas anteriormente hubieran obtenido licencia
que autorice su funcionamiento en las condiciones causantes de la
contaminación, cuando aquella sea manifiestamente contraria a lo preceptuado en
las leyes y reglamentos en vigor, los funcionarios facultativos que,
dolosamente, hubieran informado favorablemente el proyecto, hubieran concedido
la licencia o, con motivo de las inspecciones, hubieran silenciado la
infracción de aquellas normas, serán castigados con las mismas penas de prisión
y multa y, además, con la inhabilitación especial para el desempaño de cargos
públicos por tiempo de ocho a doce años.
En conclusión, instamos a nuestros abogados a iniciar los
correspondientes procesos judiciales por los irreparables daños causados a
nuestros ecosistemas por la utilización del herbicida glifosato y a todas las
personas damnificadas, tanto económica como sanitariamente por procesos
cancerígenos etc., a acudir a los tribunales en legítima defensa de sus
intereses.
Ministerio de Ciencias de
la Tierra de la República
Democrática Federal Canaria
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