PROCLAMACIÓN DE LA REPÚBLICA
DEMOCRÁTICA
FEDERAL CANARIA
MOVIMIENTO POR LA UNIDAD
DEL PUEBLO CANARIO
Sr. Antonio Guterrez, Secretario General de las Naciones Unidas, First Avenue at 46th street New York
Estimado señor,
Las Islas Canarias están ubicadas cerca de la costa noroeste de
África, e incluyen Gran Canaria, Tenerife, El Hierro, La Palma, Lanzarote,
Fuerteventura, Alegranza, Graciosa, Montaña Clara, Lobos y La Gomera.
Islas Canarias, 12 de marzo de 2018. Pendiente de aplicación la
Resolución 1514 (XV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 14 de
diciembre de 1960, titulada "Declaración sobre la concesión de la
independencia a los países y pueblos coloniales", las Islas Canarias están
administradas por el gobierno español que trata de obtener jurisdicción sobre
las aguas marítimas motivo por el que remitió a las Naciones Unidas las líneas
de base de las Islas Canarias, excepto La Isla de La Gomera, jamás sometida por
el colonialismo español, el mejor ejemplo de resistencia para todos (véanse las
páginas 7-9 del Real Decreto Nº 2510/1977 de 5 de agosto de 1977: líneas de
base rectas para la delimitación de las aguas jurisdiccionales españolas). Las
líneas de base de un archipiélago sólo pueden ser trazadas por los Estados
archipelágicos. El propósito de esta carta es presentar una solicitud al Sr.
Antonio Guterres, Secretario General, y proclamar el Estado canario, un Estado
archipelágico, bajo la supervisión y evaluación de las Naciones Unidas, acorde
con el referéndum celebrado el 12 de marzo de 1986 en el que los residentes de
Canarias votaron en contra.
La ilegal reclamación de España. El 17 de diciembre de 2014, el Reino
de España presentó a la Comisión de Límites de la Plataforma Continental,
información sobre los límites de la plataforma continental más allá de las 200
millas náuticas relativa a la zona oeste de las Islas Canarias. Cabe señalar
que la Convención de Montego Bay, en la que el gobierno español pretende basar
su reclamación, entró en vigor para España el 14 de febrero de 1997. Según el
Estado que lo presentó, se trata de una remisión parcial. (El 26 de octubre de
2014, El Movimiento por la Unidad del Pueblo Canario remitió una solicitud al
Sr. Ban Ki-moon, Secretario General de las Naciones Unidas en ese momento,
inquiriendo sobre el estatus colonial de las Islas Canarias).
Científicos británicos explorando una montaña submarina en el Océano
Atlántico han descubierto un tesoro oculto de minerales raros. Su investigación
de un monte submarino a más de 500 km (300 millas) de las Islas Canarias ha
revelado una corteza de roca "asombrosamente rica". Las muestras
traídas a la superficie contienen la escasa sustancia telurio, en
concentraciones 50.000 veces más altas que en depósitos en tierra. El telurio
se usa en un tipo de panel solar avanzado, por lo que el descubrimiento plantea
una pregunta difícil sobre si el impulso de las energías renovables puede
alentar la extracción de los fondos marinos. Las rocas también contienen lo que
se denominan elementos de tierras raras que se utilizan en turbinas eólicas y
productos electrónicos (BBC, 11 de abril de 2017).
El gobierno español trata de aplicar la Parte IV de la Convención de
las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS 1982) a las Islas
Canarias, pero el problema es que las Islas Canarias NO son aún un Estado
archipelágico. La Parte IV de UNCLOS 1982 está dedicada a la definición y
regulación del espacio marítimo y aéreo de los llamados Estados archipelágicos
(artículos 46 a 54). A estos efectos, el término "Estado
archipelágico" significa un Estado constituido totalmente por uno o más
archipiélagos y puede incluir otras islas "(Art 46, a). Y por"
archipiélago "un grupo de islas, incluidas partes de islas, las aguas que los
conectan y otras características naturales que están tan estrechamente
interrelacionadas que tales islas, aguas y otras características naturales
formen una entidad geográfica, económica y política intrínseca o que
históricamente se han considerado como tales (artículo 46, b).
De conformidad con el artículo 49, párrafo 1, de UNCLOS 82, las líneas
de base rectas archipelágicas solo pueden ser trazadas por los Estados
archipelágicos. Durante UNCLOS 82, once Estados, incluidos España, Ecuador,
India, Portugal, Canadá y Francia, intentaron evitar sistemáticamente la
extensión del régimen estatal archipelágico también a los archipiélagos que
forman parte de un Estado. Sin embargo, UNCLOS 82 rechazó tal aplicación de un
régimen de alcance más amplio y limitó la definición de Estado archipelágico sólo
al Estado que está constituido enteramente por uno o más archipiélagos y puede
incluir otras islas "(Art 46, a).
Las reivindicaciones no conformes incluidas en esta categoría incluyen
las de, entre otros, España con respecto a las Islas Canarias, Dinamarca con
respecto a las Islas Feroe, Ecuador con respecto a las Islas Galápagos, Noruega
con respecto a las Spitzbergen (Sbalvard archipiélago), Australia con respecto
a Houtman Abrolhos y las islas Furneaux e India con respecto a las islas
Andaman y Nicobar.
Ser miembro de la Organización de las Naciones Unidas, de conformidad
con la Carta Magna, está abierto a todos los Estados amantes de la paz que
acepten las obligaciones de dicha Carta y, a juicio de la Organización, puedan
cumplir estas obligaciones. Los Estados son admitidos como miembros de las
Naciones Unidas por decisión de la Asamblea General a partir de la
recomendación del Consejo de Seguridad.
Desde la celebración del Referéndum celebrado el 12 de marzo de 1986
citado ut supra Las Islas Canarias
son un Estado (República Democrática Federal Canaria). El reconocimiento de un nuevo
Estado es un acto que sólo otros Estados pueden otorgar o rechazar. Recordando
los principios del derecho internacional y los principales instrumentos
jurídicos internacionales que rigen el derecho de los pueblos a la libre
determinación, incluida la Carta de las Naciones Unidas, las disposiciones
pertinentes de la Declaración Internacional de los Derechos de los Pueblos
Aborígenes y, específicamente, el Tribunal Internacional sobre Derecho del Mar
de conformidad con el párrafo 1 del artículo 287 de la Convención de las
Naciones Unidas sobre Derecho del Mar, el Estado Canario (República Democrática Federal Canaria) declara que
acepta la jurisdicción del Tribunal Internacional de Derecho del Mar para la
solución de controversias relativas a la interpretación o aplicación de la
Convención. Consciente de la importancia de aumentar el número de Partes en la
Tercera Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS 82)
solicita al Secretario General que admita los Movimientos de Liberación
Nacional de los territorios no autónomos como parte de UNCLOS 82 acorde con la
RESOLUCIÓN IV de UNCLOS 82: "La Tercera Conferencia de las Naciones Unidas
sobre el Derecho del Mar, teniendo en cuenta que los movimientos de liberación
nacional han sido invitados a participar en la Conferencia como observadores de
conformidad con el artículo 62 de su reglamento, decide que los movimientos de
liberación nacional, que han participado en la Tercera Conferencia de las
Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, tendrán derecho a firmar el Acta
Final de la Conferencia, en calidad de observadores ".
Recordando la resolución 43/47 de 22 de noviembre de 1988 , mediante
la cual la Asamblea General declaró el período 1990-2000 como el Decenio
Internacional para la Eliminación del Colonialismo, Recordando también las
Resoluciones 55/146 de 8 Diciembre de 2000, adoptado por la Asamblea General, que
declaró el período 2001-2010 el Segundo Decenio Internacional para la
Eliminación del Colonialismo, finalizado el 31 de diciembre de 2010 y, en
consecuencia, las Islas Canarias declararon la Independencia el 1 de enero de 2011, y recordando la Resolución 65/119
adoptada por la Asamblea General en diciembre de 2010 por la cual declaró el
período 2011-2020 el Tercer Decenio Internacional para la Eliminación del
Colonialismo
DECLARAMOS:
La proclamación de la República Democrática Federal de Canarias como un
Estado Archipelágico.
Reconocimiento de la totalidad de los miembros de la Carta de las
Naciones Unidas.
El compromiso suscrito de crear las condiciones para una paz duradera,
de iniciar los fundamentos institucionales del Estado Canario sobre la base de
una constitución democrática.
Los abajo firmantes invitan a toda la comunidad internacional, con un
espíritu de justicia y paz, a reconocer sin demora el Estado de Las Islas Canarias.
Juramento de lealtad a la República:
MOVIMIENTO
POR LA UNIDAD
DEL
PUEBLO CANARIO
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