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martes, 26 de diciembre de 2017

CUATRO RAZONES PARA ENFRIAR LA EUFORIA DE LA SUBIDA DEL SALARIO MÍNIMO

CUATRO RAZONES PARA ENFRIAR LA EUFORIA DE LA SUBIDA DEL SALARIO MÍNIMO
POR LAURA OLÍAS
En los últimos dos años, tras una congelación de cinco años, el salario mínimo está registrando subidas relevantes, pero el IPREM se mantiene intacto.

Hay convenios que utilizan como referencia el salario mínimo y no subirán sus salarios conforme a estas subidas

El indicador que mide ayudas o el paro (el IPREM) está congelado hace años y algunas prestaciones lo fijan como requisito, haciendo cada vez más difícil a trabajadores con ingresos bajos acceder a ellas

Los autónomos o los trabajadores a tiempo parcial están relativamente afectados por estas subidas

El Gobierno acordó este martes una subida del salario mínimo para los próximos tres años que ha sido bien recibida por la patronal y, especialmente, por los sindicatos. El Ejecutivo se ha comprometido a alcanzar en 2020 un SMI de 850 euros, una cantidad que se aproxima al 60% del salario medio, el mínimo recomendado por la Carta Social Europea. El secretario general de UGT, Pepe Álvarez, denominó el pacto como “histórico” y el de CCOO, Unai Sordo, se mostró satisfecho y manifestó que este paso debería ser “un acicate para la remontada de los sueldos” en el país.

A pesar de la buena noticia de este incremento en el salario mínimo que ha destacado la ministra de Empleo, Fátima Báñez, en varias intervenciones públicas y entrevistas, hay algunos aspectos que llevan a rebajar algo las celebraciones.



El IPREM sigue congelado

En los últimos dos años, tras una congelación de cinco años, el salario mínimo está registrando subidas relevantes, pero el IPREM se mantiene intacto. El IPREM es el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples y se utiliza como referencia en muchas ayudas públicas y prestaciones sociales, tanto a nivel estatal como regional y local. Se aprueba a través de los Presupuestos Generales del Estado y, según fuentes del Ministerio de Empleo, aún no está decidido qué va a ocurrir con este indicador. En la actualidad es de 538 euros mensuales y lleva prácticamente congelado desde 2010 (cuando se fijó en unos 533 euros).



La prestación por desempleo fija sus mínimos y topes en base al IPREM. Por ejemplo, el mínimo para un trabajador sin hijos a cargo es del “80% del Identificador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en el momento del nacimiento del derecho, incrementado en una sexta parte (497,00 euros/mes para prestaciones nacidas en el año 2011)”.

También lo toman como referencia las  pensiones por terrorismo (importe mínimo mensual equivalente al triple del IPREM), los  subsidios del nivel asistencial de la protección por desempleo (cuantía del 80% del IPREM) y la prestación por maternidad no contributiva (cuantía diaria del 100% del IPREM diario vigente), entre otras. Las ayudas, que benefician en muchos casos a población vulnerable y de escasos recursos, se mantienen así congeladas pese a la revalorización de otras partidas en los últimos años.

En aquellas prestaciones o ayudas, o en las viviendas de protección pública en algunas regiones, en las que el IPREM es un requisito de acceso, los trabajadores que cobran el salario mínimo (y por tanto el más bajo legal para una jornada completa) se pueden ver excluidos porque ese indicador y el SMI cada vez están más distantes. CCOO ha expresado la necesidad de que el IPREM se actualice, una oportunidad abierta hasta que se cierren los presupuestos para 2018. Es decir, los salarios mínimos no darán ya el derecho a ayudas para personas con bajos ingresos debido a esta brecha que va creciendo (hace años ambos indicadores estaban muy próximos).



Aún queda para los 850: en 2018, serán 736 euros

Las declaraciones y noticias tras el acuerdo de este martes se centraron en la mayor subida pactada entre los representantes de los trabajadores, empresarios y el Gobierno. Es la más abultada de las acordadas, la que se acerca a la meta de los sindicatos y, por ello, la protagonista. Sin embargo, si cobra el salario mínimo, no llegará a los 850 euros hasta dentro de dos años. El año que viene su sueldo será 735,9 euros por una jornada completa, en 14 pagas, que se corresponde al aumento del 4% del SMI que anunció Mariano Rajoy en una entrevista. Para el 2019, aún no está definido cuál será el salario mínimo, ya que el Gobierno no ha pautado la senda para alcanzar la meta en 2020.

Se han puesto unos condicionantes además (que la economía crezca un 2,5% y se generen 450.000 afiliaciones anuales). Con la economía en plena expansión como ahora parece fácil de conseguir, y así lo expresa el Gobierno y los agentes sociales, pero el tren se desacelera y ya para el próximo ejercicio las previsiones es que España se quedará al límite de ese 2,5%.



Los convenios con referencia al SMI tomarán el de 2016

Puede que su convenio colectivo utilice como referencia para determinar su salario base o complementos salariales el salario mínimo interprofesional. Y que, por tanto, con la noticia de la subida del 4% para 2018 haya creído que va a experimentar un aumento del sueldo que, en realidad, no se producirá.

La Disposición Transitoria Primera del borrador del Real Decreto por el que se fija el salario mínimo para el próximo año establece que para esos casos, el salario mínimo de referencia que deben utilizar las empresas es el de 2016, “salvo que las partes legitimadas acuerden otra cosa”. En concreto es el SMI de 2016 (655 euros), actualizadas con un incremento de un 2%, “según el objetivo a medio plazo de inflación del banco Central Europeo”, recoge el decreto.

Desde CCOO advierten de que ese punto fue una “imposición del Gobierno”, explica Mercedes González, secretaria de Acción Sindical. Aun así, recuerda que existe una garantía: “Ningún salario puede estar por debajo del salario mínimo en cómputo anual”. Es decir, que de esos convenios no podrán salir salarios inferiores a 736 euros, pero si se fija que son “dos veces” el SMI se deberá tomar como referencia el de 2016, de 655 euros.



Hay gente que seguirá cobrando menos de 850 euros

Aunque se hable de salario mínimo, hay gente en España que cobra menos de esa cantidad (de los 736 euros a partir del 1 de enero). La cifra de referencia del SMI se corresponde a la de la jornada completa de ocho horas en 14 pagas, pero en el caso de los trabajadores que tienen contratos a jornada parcial, de menos horas, el sueldo mínimo a cobrar se calcula proporcionalmente a las horas que se trabajan. Es decir, si la jornada es de cuatro horas, el SMI será de unos 368 euros.

Según la última encuesta de población activa (EPA), correspondiente al tercer trimestre de 2017, había en España 2.725.800 personas con contratos laborales a tiempo parcial. De ellas, más de la mitad no tenían ese tipo de jornada por elección, sino porque no habían podido encontrar un empleo a jornada completa; en concreto, 1.583.300 personas. A este colectivo se le denomina sub-empleo. Al menos, un 14,1% de los trabajadores son pobres según EPN.

Además, los trabajadores que están dados de alta como autónomos no obtienen este salario mínimo. En la actualidad, el número de trabajadores autónomos es de 3,2 millones y son una figura muy utilizada en algunos de los nuevos empleos que se están creando en la denominada ‘economía de las plataformas’ ( gig economy), que acumula críticas de precariedad laboral. Es el caso de Glovo y de Deliveroo, esta última sancionada por la Inspección de Trabajo, que ha resuelto tras varias denuncias en Valencia que sus ‘riders’ son falsos autónomos.



http://www.eldiario.es/economia/Varias-razones-contento-subida-salario_0_720578537.html

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