LA LUCHA POR EL DERECHO AL
VOTO, UN DERECHO HUMANO FUNDAMENTAL
MOVIMIENTO UPC
En todo el
mundo existen organizaciones, tanto gubernamentales como no-gubernamentales,
dedicadas a la supervisión de elecciones con la finalidad de conseguir
elecciones libres y justas, elecciones, en resumen, democráticas, que
contemplen desde la educación de los votantes hasta el escrutinio de los votos.
La Declaración
Universal de los Derechos Humanos, adoptada por unanimidad por la Asamblea
General de las Naciones Unidas en 1948, incluye en su artículo 21 como un
derecho fundamental el derecho a votar: “La voluntad del pueblo es la base de
la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones
auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e
igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la
libertad del voto”.
La importancia
del voto viene igualmente recogida en el Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos, en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos
Humanos, en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, en la Carta
Africana sobre Derechos Humanos de las Personas (Banjul), etc.
El Pacto
Internacional por los Derechos Civiles y Políticos incluye en su artículo 25 ambos
derechos, el de voto y el de elecciones libres, que deben ir indisolublemente
unidos, garantizados por el también derecho fundamental de libertad de
expresión, recogido en el artículo 19, siendo este el eslabón por el que se
rompe la cadena de las convocatorias electorales del colonialismo español en
Canarias lo que, conjuntamente con las antidemocráticas barreras electorales,
nos lleva a la irreversible conclusión de que el derecho al voto se queda en
una mera declaración de intenciones y sus convocatorias electorales no son ni
libres ni democráticas y si injustas, pues no se realizan en igualdad de
condiciones para todos los candidatos y fuerzas políticas, deveniéndose por lo
tanto ilegítimas, lo que ha llevado a algunos compatriotas honesta y sinceramente
anticolonialistas a apoyar la abstención ante las convocatorias electorales del
colonialismo, para el que las consignas abstencionistas suponen un verdadero
chollo, dado que no solamente no
amenazan la opresión colonial sino que contribuyen a su perpetuación,
resultando más radical la confrontación electoral, incluso en inferiores
condiciones materiales pero con superioridad ética y moral, prolongando dicha
pugna más allá de la contienda, pues al
ser ilegítimas permite continuar la misma tanto en los tribunales estatales
(con escasas por no decir nulas posibilidades, al formar parte dichos
tribunales del entramado colonial, nombrados por los partidos metropolitanos
que ejercen de brazo político del borbonato), como en los tribunales y
organizaciones internacionales, entre las que destacan las Naciones Unidas con
su Declaración Universal de los Derechos Humanos y su citado artículo 21 y su
Pacto Internacional de Derechos Cívicos y Políticos de 1976, concretamente el
artículo 25; El Consejo de Europa, específicamente la Convención para la
Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, de 1953
(artículos 3, 9, 10 y 11) y la Organización para la Cooperación y la Seguridad
en Europa de 1990; La Unión Africana y su Carta Africana de Derechos Humanos
(Banjul) de 1981 (artículo 31.1), destacando como instituciones privadas El
Centro Carter, asociado a la Universidad de Emory, comprometido con los
derechos humanos; El Centro para la Votación y la Democracia; El Instituto
Internacional para la Democracia y la Ayuda Electoral, una organización
intergubernamental; La Liga de Mujeres Votantes y un largo etc.
Como ha quedado
suficientemente documentado el derecho al voto es ampliamente reconocido como
un derecho humano fundamental que, no obstante, no pueden ejercer,
interesadamente, millones de personas en todo el mundo a pesar de la
encarnizada lucha que los demócratas han
librado y siguen librando para conseguir su reconocimiento, hasta tal punto que
en el siglo XIX los sufragistas reivindicaban con la misma vehemencia el
derecho al voto que el derecho a la educación. Nueva Zelanda fue el primer país
en otorgar el sufragio universal en 1893, hace apenas un siglo, habiendo sido
reconocido en USA en 1965.
El voto
constituye una si no la más crítica forma de influir en la toma de decisiones
de los gobiernos que, sin embargo, en determinadas ocasiones terminan haciendo
lo que les da la gana, imagínense lo que ocurriría si no fuésemos a votar.
En conclusión,
las consignas abstencionistas, sin recurrir, consecuentemente, la ilegitimidad
de las elecciones ante los organismos estatales e internacionales, afianzan el
régimen monárquico y colonial que, fervientemente, aplaude dichas consignas e
incluso directa y antidemocráticamente, las diseña y financia en su propio
beneficio. El ejemplo más reciente lo tenemos en las última convocatoria
electoral celebrada el 24 de mayo de 2015, en la que periódicos como La
Provincia, de amplia difusión en Canarias o el monárquico ABC, de difusión estatal, han publicado consignas por la abstención,
lo que no deja de ser paradójico toda vez que dichos medios cuando hablan de
independencia sea para pedir precisamente la abstención de los
independentistas, pero no de algunos, sino de todos. Un comentario aparte
merece el artículo del ABC toda vez que bajo el llamativo título “El Mpaiac
rompe su silencio y llama a la abstención en las elecciones del domingo”, que
acompaña con fotografía a todo color del funeral del Sr. Cubillo, aunque el
comunicado enlazado en el artículo venga firmado por “militantes históricos del
MPAIAC” ¡Tergiversa, que algo queda! En la misma página no tiene desperdicio el
enlace a otro manipulado artículo cuyo titular no puede ser más patético: “Los
independentistas llaman a la abstención el 24M”, como si fuera esta una
consigna unánime de todos los independentistas, en este caso reivindicada por CDTN, cuyo
comisionado, José María Hernández, fuera director general del libro de
“Colisión” Canaria.
Eso sí, sólo
pide abstención al parlamento de Canarias y deja libertad de voto a municipios
y cabildos que consideran “una opción personal”, según reza el comunicado.
Movimiento
por la Unidad
del
Pueblo Canario (Movimiento UPC)
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