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miércoles, 11 de marzo de 2015

SXTF REPROCHA A CC QUE DEJARA PRESCRIBIR 7’2 MILLONES Y AHORA NO QUIERA RECLAMAR 5 MILLONES A METROPOLITANO

SXTF REPROCHA A CC QUE DEJARA PRESCRIBIR 7’2 MILLONES Y AHORA NO QUIERA RECLAMAR 5 MILLONES A METROPOLITANO


CUALQUIER EMPRESARIO QUE OCUPE TERRENOS DE USO PÚBLICO DEBE PAGAR UNA TASA SEGÚN EL REAL DECRETO LEGISLATIVO 2/2004

Odalys Padrón, Secretaria General de Socialistas por Tenerife (SxTF) en Santa Cruz, le parece inaudito que en época de crisis y con personas que no reciben ayudas para sobrevivir el Alcalde se permita la “arbitrariedad” de cobrar tasas a su antojo. Es lo que se desprende de su negativa a cobrar los más de 5 millones de euros que debería exigir a la empresa, con fines lucrativos, Metropolitano de Tenerife SA por ocupación de terrenos de uso público. Según Odalys, es injustificable que el Ayuntamiento haya dejado prescribir 7’2 millones de euros que hubieran sido fundamentales para ayudas sociales.

El art. 339 del Código Civil considera como bienes de dominio público tanto los destinados al uso público (caminos, canales, ríos, etc) como los destinados a algún servicio público o al fomento de la riqueza nacional. La plataforma del tranvía ocupa un total de 47.717,56 metros cuadrados en el municipio y jamás se le ha cobrado un euro por el uso del suelo público.

Para Socialistas por Tenerife (SxTF) las entidades que tengan fines de lucro o cobren al usuario por los servicios que prestan no deben estar exentas de pago por el suelo que les cede el Ayuntamiento. Dado que la empresa Metropolitano de Tenerife SA tiene fines de lucro, su principal prioridad es obtener ganancias dinerarias, y cobra a los usuarios por los servicios que presta no cobrar dicha tasa podría ser constitutivo de delito dado que es una infracción de la Ley General Tributaria.

Una organización con fines de lucro no debe recibir exención a la hora de pagar impuestos porque estaríamos ante un claro incumplimiento del principio de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos establecido en el artículo 9.3 de la Constitución. Las autoridades no pueden tomar decisiones arbitrarias entendiéndose por tales, fundamentalmente, aquellas que supongan una infracción del principio de igualdad de trato de los administrados ante la aplicación de la ley y las reglas objetivamente determinadas.

Para Socialistas por Tenerife (SxTF) este es un claro ejemplo del grado de irresponsabilidad y posible corrupción que está instaurado en el Ayuntamiento de Santa Cruz. El Alcalde se permite el lujo de no cobrar tasas de manera torticera y posiblemente constitutiva de delito, creando una desigualdad impositiva que contradice los principios por los que deben regirse las Administraciones Públicas, mientras muchos chicharreros no perciben las ayudas de primera necesidad.

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